Dictamen nº 16508 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 559897822

Dictamen nº 16508 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2015

N° 16.508 Fecha: 27-II-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile, para solicitar la reconsideración del oficio N° 7.435, de 2014, de este origen, en virtud de lo concluido por el dictamen que indica, y que, en definitiva, se otorgue el desahucio a que se refiere el artículo 74 de la ley N° 18.961, al hermano de un exfuncionario de esa institución policial, fallecido en acto de servicio, en su calidad de heredero intestado de aquel.

Sobre el particular, es dable anotar que el antedicho artículo 74, dispone, en lo pertinente, que tendrán derecho a percibir la aludida indemnización por fallecimiento del personal de Carabineros de Chile, aquellas personas a quienes les corresponda gozar de la pensión de montepío del causante.

Al respecto, el pronunciamiento N° 39.773, de 2008, de este Organismo Fiscalizador -invocado por el departamento recurrente-, determinó que no existiendo asignatarios de montepío, como ocurre en la especie, podrán recibir el desahucio de que se trata, los herederos de los funcionarios que fallezcan, sea o no en actos de servicio, en la medida que estos últimos reúnan los años para causar la referida pensión.

Ahora bien, de los...

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