Dictamen nº 12791 de Contraloría General de la República, de 17 de Febrero de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 594184210

Dictamen nº 12791 de Contraloría General de la República, de 17 de Febrero de 2016

N° 12.791 Fecha: 17-II-2016

Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras Elizabeth Armijo Valenzuela y Yirlen Fernández Arango, funcionarias de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, solicitando la reconsideración de la resolución exenta de esta Institución de Control, mediante la cual se acogieron parcialmente sus requerimientos de condonación de las remuneraciones que adeudan, por la percepción indebida del sobresueldo por título universitario establecido en el artículo 186, letra g), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional.

Al respecto, las recurrentes expresan que su situación sería similar a la analizada en el dictamen N° 18.867, de 2015, de este origen, en el cual se eximió a un servidor de ese organismo, de la obligación de reintegrar los valores desembolsados por su empleador para la adquisición de su vestuario, en atención a que ello se habría originado por un error de la Administración.

Como cuestión previa, es necesario recordar que, a través de presentaciones anteriores, las interesadas solicitaron a esta Entidad de Control la condonación o el otorgamiento de facilidades para la restitución de las remuneraciones que esa subsecretaría les pagó en exceso, por concepto del mencionado sobresueldo por título universitario, en circunstancias de que no cumplían con los requisitos para el entero de ese beneficio.

En virtud de lo expuesto, mediante la resolución exenta N° 371, de 2015, de este origen, se condonó a las peticionarias el 30% de las sumas adeudadas y se les otorgó facilidades para la restitución del remanente, considerando, entre otros aspectos, que la aludida percepción indebida obedeció a un error imputable al servicio, resolución que fue posteriormente confirmada a través de la resolución exenta N° 4.865, de 2015, de esta Institución Fiscalizadora.

Ahora bien, es necesario destacar que, a diferencia del beneficio analizado en el...

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