Dictamen nº 11891 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 557615598

Dictamen nº 11891 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 2015

N° 11.891 Fecha: 12-II-2015\t

La Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido a esta Sede Central una presentación del señor Alberto Morales Bascuñán, quien solicita la reliquidación de su pensión no contributiva de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir un expediente, manifiesta que habiéndose conferido el beneficio en cuestión el año 2007, ha transcurrido el término para reclamar su revisión.

Sobre el particular, cumple con señalar que mediante la resolución N° 10.625, de 2007, del ex Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del recurrente y se le concedió una pensión no contributiva por un monto mensual de $ 123.022, a contar del 1 de julio de 2004.

Precisado lo anterior, resulta pertinente advertir que los incisos tercero y cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, disponen, en lo que interesa, que los beneficios que indica son revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo...

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