Dictamen nº 10726 de Contraloría General de la República, de 10 de Febrero de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 593622494

Dictamen nº 10726 de Contraloría General de la República, de 10 de Febrero de 2016

N° 10.726 Fecha: 10-II-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, para solicitar un pronunciamiento respecto a la obligación para ese servicio de mantener el grado y las funciones asignadas a la empleada que indica, la que luego de ser informada de un cambio de labores y nivel remuneratorio comunicó que se encontraba embarazada.

Agrega el aludido organismo que la modificación que pretende realizar obedece a que la servidora afectada dejará de ejercer las tareas de jefatura que se le habían encomendado, por lo que pasaría del grado 7 al 11 de la Escala de Sueldos de los Organismos Fiscalizadores; en adelante, E.O.F.

Sobre el particular, cabe señalar que, según los registros de esta Entidad Fiscalizadora, la funcionaria por la que se pregunta ha tenido diversas contratas como profesional, asimiladas a distintos grados, siendo la última de ellas dispuesta en el grado 7 de la E.O.F, desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2015.

Ahora bien, en lo que atañe a la consulta formulada, es dable mencionar que en armonía con lo preceptuado en el artículo 10 de la ley N° 18.834, y lo expresado por este Órgano Contralor, entre otros, en el dictamen N° 10.644, de 2015, los cargos a contrata carecen de una posición remuneracional específica, por lo que es la superioridad la que debe determinar el grado al que se asimilará el servidor, en lo pertinente, según la importancia de su quehacer.

A su turno, el artículo 201, inciso primero, del Código del Trabajo, contempla, en lo que interesa, que durante el tiempo de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad -excluido el permiso establecido en el artículo 197 bis-, la trabajadora estará sujeta a lo prevenido...

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