Dictamen nº 80267 de Contraloría General de la República, de 26 de Diciembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 413563566

Dictamen nº 80267 de Contraloría General de la República, de 26 de Diciembre de 2012

N° 80.267 Fecha: 26-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, solicitando se emita un pronunciamiento que determine si existe algún inconveniente en que los oficios mediante los cuales la Fuerza Aérea de Chile le formula sus peticiones, en orden a que se dicten decretos supremos relativos a materias de su personal, tales como nombramientos, ascensos y comisiones al extranjero, se envíen escaneados y en formato digital, y no en original. Al respecto, cabe hacer presente que los artículos 20 de la ley N° 20.424 -Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional-, y 21 del decreto N° 248, de 2010, de esa Secretaría de Estado -que aprobó su Reglamento Orgánico y de Funcionamiento-, previenen, en lo que interesa, que la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas es el órgano de colaboración del Ministro en aquellas materias que dicen relación con la gestión de los asuntos y procesos administrativos que las Fuerzas Armadas requieran para el cumplimiento de sus funciones. En este sentido, y acorde a lo prescrito en los artículos 21, letra c), de la citada ley N° 20.424, y 24, letra c), del referido decreto N° 248, de 2010, a dicha Subsecretaría le corresponde elaborar los decretos, resoluciones, órdenes ministeriales y oficios relativos a nombramientos, ascensos, retiros, renuncias, destinaciones, comisiones de servicio al extranjero y, en general, todos aquellos actos administrativos orientados a la resolución sobre solicitudes, beneficios u otros asuntos que deban tramitarse por la Subsecretaría, y que interesan al personal de las Fuerzas Armadas en servicio activo, a las personas en situación de retiro de las mismas, y a sus familias. Luego, es del caso manifestar que del análisis de las normas legales y reglamentarias que regulan la organización y funcionamiento del Ministerio de Defensa Nacional, no se advierte la existencia de disposición alguna que exija que las Fuerzas Armadas -entre ellas, la Fuerza Aérea de Chile- deban remitir a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas el oficio original a través del cual formulan su requerimiento para que se emita un decreto relativo a materias de su personal. Establecido lo anterior, resulta conveniente efectuar algunas consideraciones en relación al control preventivo de juridicidad que compete desempeñar a este Organismo Contralor, mediante el trámite de toma de razón, debiendo recordarse que el inciso primero del artículo de su resolución N°...

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