Dictamen nº 18399 de Contraloría General de la República, de 12 de Marzo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 498173038

Dictamen nº 18399 de Contraloría General de la República, de 12 de Marzo de 2014

N° 18.399 Fecha:12-III-2014

Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 213, de 2013, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que regulariza lo obrado y aprueba convenio celebrado por trato directo para la ejecución del contrato denominado “Obras y Trabajos de Rectificación de Cauce y Defensa Fluvial en el Estero Riecillo, Localidad de Riecillo, Comuna de Los Andes, Región de Valparaíso”, por cuanto, de los análisis de precios unitarios acompañados se advierte que el contratista consideró un monto por concepto de imprevistos, lo cual no procede en atención a que dicha categoría fue eliminada del artículo 76, N° 2, del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, en virtud del decreto N° 223, de 2009, de la misma Secretaría de Estado (aplica criterio contenido en el oficio N° 63.034, de 2010, de este origen).

Por otra parte, no se acompaña el certificado que acredite el cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la ley N° 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2013; copia de la póliza por daños a terceros que el contratista debió suscribir en conformidad al punto 1.9 de la parte I “Condiciones Administrativas de Contratación” del contrato; copia de la boleta de garantía de fiel cumplimiento establecida en el punto 1.8 de la recién citada parte I; el Anexo N°1 “Topografía para Obras de Defensas Fluviales” referido en el ítem 207-8 “Levantamiento...

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