Dictamen nº 15721 de Contraloría General de la República, de 3 de Marzo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 495918290

Dictamen nº 15721 de Contraloría General de la República, de 3 de Marzo de 2014

N° 15.721 Fecha: 03-III-2014

Don Ricardo Herrera Ralliman, en su calidad de Presidente de la Asociación de Funcionarios del Ministerio de Justicia, solicita un pronunciamiento sobre la decisión de esa secretaría de Estado en orden a no incorporar blusas ni camisas dentro del uniforme institucional que entrega a sus servidores.

Requerida de informe, la anotada cartera ministerial expresa que la no inclusión de las mencionadas prendas se encuentra acorde a la normativa que rige la materia.

Por su parte, la Dirección de Presupuestos estima que las blusas y camisas podrían llegar a conformar el uniforme del personal de la referida repartición estatal en la medida que cuente con los recursos presupuestarios para tal fin, toda vez que con ello se cumpliría con el objeto de unificar la vestimenta, proyectando una imagen de orden y buena presentación.

Sobre el particular, el inciso primero del artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 58, de 1979, del Ministerio de Hacienda -que fijó las normas sobre concesión de vestuario y equipos a personales de los servicios fiscales y semifiscales de la Administración Civil del Estado-, dispone que “Sólo se podrá proporcionar uniformes al personal de los escalafones de mayordomos, choferes y auxiliares”.

Añade su inciso segundo que “Los uniformes consistirán en una tenida compuesta de vestón y pantalón o chaqueta y falda o similares; en un abrigo o chaquetón o parka y en zapatos de vestir”.

En ese contexto, los dictámenes N°s. 456, de 1985 y 25.177, de 2004, de este origen, han manifestado que el uniforme debe ser de naturaleza similar y de uso obligatorio para todos...

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