Dictamen 6292-2019 de Superintendencia de Seguridad Social de 04 de octubre de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 842803442

Dictamen 6292-2019 de Superintendencia de Seguridad Social de 04 de octubre de 2019

Sentido del falloInstruye
Fecha04 Octubre 2019
ReceptorParticular
Normativa aplicadaLeyes N°s 16.395 y N° 19.799; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, Resolución Exenta N° 608, de 2006, del Ministerio de Salud.
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

Con fecha 03 de mayo de 2019, usted realiza presentación ante FONASA en virtud de la cual solicita se le exima del uso de la huella digital al momento de la utilización de la licencia médica electrónica (LME), ya que debido al padecimiento de una enfermedad crónica denominada lupus eritematoso sistémico, se ve impedida de utilizar dicho mecanismo de verificación de identidad.

Con fecha 23 del mismo mes, dicho Servicio deniega la petición anterior argumentando que las condiciones de uso y regulación en esta materia son competencia de esta Superintendencia.

En consideración a lo expuesto, usted se dirige a este Servicio, consultando respecto de la posibilidad de liberación del uso de huella digital para acceder al sistema de LME, y solicita la definición, por parte de esta autoridad, de cualquier otro método eficiente que le permita acceder a dicho instrumento electrónico.

Sobre el particular cabe hacer presente que la LME es aquella otorgada y tramitada a través de documento electrónico de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.799 y su normativa complementaria, y con arreglo a lo dispuesto en el D.S. N° 3 y la Resolución Exenta N° 608, de 2006, del Ministerio de Salud.

Dentro de la reglas relativas a su otorgamiento y tramitación, consagradas en el numeral 4.1. de la Circular conjunta de las Superintendencias de Salud y de Seguridad Social, IF N°32 y N° 2338 de 01 de diciembre de 2006 respectivamente, es posible señalar que, de conformidad a establecido en su numeral 4.1.1.2., letra b), el profesional habilitado para otorgar licencias médicas, además de completar la sección que le corresponde y llenar los datos de la licencia médica que son de su responsabilidad, debe, en la misma oportunidad, proceder a firmar y verificar la identidad del trabajador a través de un sistema de autenticación electrónico. Dicho sistema de autenticación electrónico, que garantiza la seguridad de la licencia médica como documento electrónico y permite la autenticidad de la misma, actualmente sólo puede ser realizado, respecto de...

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