Dictamen 2196-2022 de Superintendencia de Seguridad Social de 31 de mayo de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908432523

Dictamen 2196-2022 de Superintendencia de Seguridad Social de 31 de mayo de 2022

Fecha31 Mayo 2022
ReceptorMutualidad
Normativa aplicadaLey 16.744; Ley 16.395, artículo 30
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

1. En el contexto de la revisión de los contratos de trabajo, remuneraciones e incentivos de la administración superior y diversas gerencias de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744, esta Superintendencia realizó una revisión a los contratos de trabajo y sus respectivos anexos del año 2021 y 2022, referidos a remuneraciones, bonos o incentivos e indemnizaciones por años de servicios de la administración superior de esa mutualidad (Gerente General, Gerente de División Asuntos Jurídicos y Corporativos, Gerente de Auditoría Interna, Gerente de División Administración Finanzas y Tecnología, Gerente de División Servicios de Salud, Gerente de División Comercial y Servicios Preventivos, Gerente División Desarrollo de Producto y Estrategia Digital, Gerente División de Personas, Gerente de División de Planificación Estratégica y Control de Gestión, entre otros), con el objeto de evaluar su legalidad y de verificar si es que los bonos o incentivos que se les otorgan, se encuentran correctamente alineados a los fines del Seguro Social de la Ley N° 16.744, además de poder verificar en ellos la existencia de un eventual conflicto de interés.

2. Revisados los contratos y anexos de los ejecutivos titulares de los cargos descritos precedentemente, se constató que el sistema de compensaciones por los servicios prestados, tanto del Gerente General como de los demás ejecutivos de la administración superior, consta de una remuneración base, más bonos que se pagan en base a una condición de cumplimiento de requisitos.

Respecto de los bonos, cabe hacer presente que uno corresponde a un incentivo de retención de largo plazo, también aludido como Bono ILP, en el cual, su devengamiento y posterior pago, se encuentra condicionado al cumplimiento de ocho metas operacionales o variables de sostenibilidad informadas, a saber: Tasa Accidentabilidad CTP, Tasa Accidentabilidad Total, Tasa de Siniestralidad (días), Satisfacción neta de pacientes, Satisfacción neta de empresas, Reputación MERCO, Margen Operacional, Objetivos SMART del año o Proyectos Estratégicos (HT, Estrategia Digital, Agencias), según hitos preestablecidos. A dicho Bono tienen derecho los Gerentes que dependen directamente de ese Directorio, además del Gerente de Servicios de Salud y Gerente de Personas. El Bono ILP, se implementó por segunda vez a partir del año 2021 y lo devengan, los...

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