Dictamen 1345-2020 de Superintendencia de Seguridad Social de 13 de abril de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 844645995

Dictamen 1345-2020 de Superintendencia de Seguridad Social de 13 de abril de 2020

Sentido del falloInstruye
Fecha13 Abril 2020
ReceptorAsociación gremial de cajas de compensación- cajas de chile a. G.
Normativa aplicadaArtículo 27 de la Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833; Artículo 10, de la Ley Nº 19.628
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

1. Esa entidad ha solicitado a esta Superintendencia un pronunciamiento sobre el tratamiento de formularios de licencias médicas de papel que se les han entregado con el diagnóstico médico cerrado por parte del empleador durante el período de vigencia de Alerta Sanitaria, por Covid-2019, que rige en el país y que no fueron sometidas por el trabajador al procedimiento que se estableció en el oficio N°1203, de 23 de marzo del año en curso emanado de esta Superintendencia.

2. Como es de su conocimiento, mediante Decreto Supremo N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, se declaró alerta sanitaria para enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación, a nivel mundial del Coronavirus 2019 (COVID-19).
Asimismo, y en el referido contexto, se declaró el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional por un plazo de 90 días, a través del Decreto Supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Además, por el Decreto N° 107, de 2020, de esa Secretaría de Estado, se declararon como zonas afectadas por catástrofe 346 comunas del país por un plazo de doce meses.

Dicha emergencia sanitaria, ha motivado el cierre de establecimientos de algunos empleadores y de oficinas de determinadas COMPIN, lo que sumado a la prohibición o dificultad en el traslado de las personas ha imposibilitado la tramitación presencial de las licencias médicas que constan en formularios de papel.

3. Por lo anteriormente expuesto, esta Superintendencia emitió el Ord. N°1203, de fecha 23 de marzo del año en curso, que permitió al trabajador dependiente la tramitación digitalizada de sus licencias médicas de papel, a través de los correos electrónicos habilitados por las C.C.A.F. o las COMPIN.

4. Sin perjuicio de lo anterior, y teniendo presente lo señalado por esa entidad, en cuanto a que existen licencias médicas tramitadas por el trabajador o empleador en formularios de papel que esa entidad necesita someter al procedimiento de entrega digital a una...

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