Dictamen 1343-2022 de Superintendencia de Seguridad Social de 08 de abril de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 905287621

Dictamen 1343-2022 de Superintendencia de Seguridad Social de 08 de abril de 2022

Fecha08 Abril 2022
ReceptorContralor general contraloria general de la republica
Normativa aplicadaLey N° 16.395.
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

1.- Mediante la presentación de antecedentes, la Contraloría General de la República ha remitido a esta Superintendencia, para su respectivo informe y opinión, la presentación que efectuara ante ese órgano contralor, Carabineros de Chile.

En la señalada presentación, Carabineros de Chile indica que conforme a la Circular Nº 71 de la Superintendencia de Isapres, en su numeral 3, letras s) y t) , la cual textualmente señalan; "...s) Al notificar al trabajador y al empleador la resolución que autorice, rechace o modifique la licencia médica, conjuntamente con remitirle fotocopia de la sección B de la licencia, se le deberá adjuntar fotocopia del documento anexo en que se fundamentó la resolución y del acta de visita, en su caso."

Asimismo: "...t) A petición del trabajador, las Unidades de Licencias Médicas, las COMPIN, las CCAF y las ISAPRES, en su caso, deberán proporcionar a éste copia íntegra de la licencia médica... ".

Señala que la situación anterior, no se cumple totalmente por parte de las entidades de salud, toda vez que Carabineros no es notificado como empleador respecto de las resoluciones emitidas por las licencias médicas presentadas por el personal civil de nuestra institución, lo que genera atrasos en la tramitación para la recuperación de aquellos montos que no fueron pagados por los estamentos de salud, debiéndose requerir al funcionario que concurra a su entidad a solicitar la respectiva resolución y formas de cálculo, antecedentes que son indispensables para continuar con el procedimiento.

Señala que se ha requerido a la Superintendencia de Salud y a las COMPIN las respectivas resoluciones, de las cuales y a la fecha no se ha obtenido respuesta, por lo que sin las resoluciones Carabineros de Chile no puede gestionar los cobros y mucho menos analizar las anotaciones en el sistema que administra la Sección Remuneraciones respecto al registro de licencias médicas del personal contratado por resolución. Además, las COMPIN regionales operan de forma autónoma a la metropolitana, dificultando aún más la obtención de información.

Por otra parte, indica que para aquellos casos en que las licencias médicas han sido rechazadas o reducidas por los estamentos de salud, al personal civil de la Institución se les ha generado una deuda por los emolumentos pagados como remuneraciones, estos han aceptado la deuda, sin embargo, han apelado a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR