Dictamen 129543-2022 de Superintendencia de Seguridad Social de 23 de septiembre de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 913259850

Dictamen 129543-2022 de Superintendencia de Seguridad Social de 23 de septiembre de 2022

Fecha23 Septiembre 2022
ReceptorParticular
Normativa aplicadaLey N° 16.395; Ley 16.744, artículo 5
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

Visto:

La Ley N°16.395 que fija el texto refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social; la Ley N° 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; el Compendio Normativo sobre el Seguro de la Ley N° 16.744 de la Superintendencia de Seguridad Social; el D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y las Resoluciones N°s 6, 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que, con fecha 09/06/2022, se dirigió a esta Superintendencia, la empresa reclamando en contra del Organismo Administrador, que calificó como Accidente del Trabajo, el que sufrió el 11/05/2020, un trabajador generando que se le fijara una tasa de cotización adicional diferenciada de 1,02%, para el período 2022-2023, de lo que discrepa.

Que, a juicio de la empresa recurrente, en la especie se trataría de un accidente del trabajo en el trayecto, por lo que no correspondería considerarlo en su siniestralidad. Agrega que el interesado c umple labores de Capataz de Obras Civiles para la empresa, no es conductor, y el día del accidente, si bien se desplazaba en un vehículo de la empresa, realizaba el trayecto desde su domicilio hacia su lugar de trabajo, circunstancia en la que colisionó con otro vehículo. Al efecto, acompaña, entre otros antecedentes, DIAT, Contrato de Trabajo con el afectado, de 26/02/2020 y RECA de 25/05/2020, que califica el siniestro de 11/05/2020, como Accidente de Trayecto.

Que, requerida al efecto, la citada mutualidad remitió los antecedentes pertinentes e informó que, de acuerdo a declaración de otra trabajadora, por instrucción de su jefatura, el accidentado debía pasar a buscarla a su domicilio a las 07:00 horas, aproximadamente (del día del accidente), y luego se dirigieron al lugar de trabajo. Por su parte, agrega la mutualidad, el trabajador declara que tiene a su cargo una camioneta de la empresa, en la cual pasa a buscar a diferentes trabajadores a sus domicilios. El día del accidente pasó a recoger a la trabajadora y cuando iba por la Ruta 5 Norte, fue impactado por otro vehículo por la parte trasera. Además, en la DIAT emitida por el empleador, se señala que el accidente habría ocurrido cuando el trabajador conducía la camioneta propiedad de la empresa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR