Dictamen 108233-2023 de Superintendencia de Seguridad Social de 18 de agosto de 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 946205047

Dictamen 108233-2023 de Superintendencia de Seguridad Social de 18 de agosto de 2023

Fecha18 Agosto 2023
ReceptorServicio de salud
Normativa aplicadaLey 16.744;Ley 16.395; D.S. N°313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

Visto:

La Ley N°16.395 que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social; la Ley N°16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; el Compendio Normativo sobre el Seguro de la Ley N°16.744 de la Superintendencia de Seguridad Social; D.S. N° 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y las Resoluciones N°s 6, 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que, con fecha 30/03/2023, se dirigió a esta Superintendencia, el interesado , reclamando en contra del SERVICIO DE SALUD, por cuanto no le ha otorgado las prestaciones que corresponderían a su nieta, para atender las lesiones derivadas del accidente que sufrió el 28/03/2023, cuando estaba en el patio del colegio y, al colgarse de las barras, resbala y cae sentada.

Que, agrega el recurrente, cuando sucedió el accidente, la menor fue enviada al Hospital, donde le tomaron radiografía, pero se le indicó un scanner sin derivarla al Hospital Regional, donde cuentan con la tecnología para dicho examen. Agrega que el profesional médico no la derivó, pues su situación no era urgente, pero le señalaron que debía hacérselo particular. Agrega el interesado que no cuenta con los medios para pagar el referido estudio de imágenes en forma particular.

Que, requerido al efecto, el SERVICIO DE SALUD remitió informe con las prestaciones otorgadas, y donde consta que se le indicó un TAC de Columna Sacrolumbar.

Que, en primer lugar, esta Superintendencia cumple con manifestar que el D.S. N° 313, de 1973, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamenta el seguro escolar por accidente de la Ley N° 16.744. El citado cuerpo reglamentario otorga cobertura, entre otros, a los alumnos regulares de establecimientos fiscales o particulares de la enseñanza básica, por los accidentes que sufran durante sus estudios en las condiciones y con las modalidades que establece el referido decreto. Indica el citado Decreto que corresponderá a los...

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