Decreto núm. 541, publicado el 25 de Septiembre de 1992. DICTA ORDENANZA PARA RESGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LOS PEATONES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA REINA |
Rango de Ley | Decreto |
DICTA ORDENANZA PARA RESGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LOS PEATONES
Núm. 541.- La Reina, Septiembre 2 de 1992.- Vistos: El Ord. No. 1.211, de fecha 31 de Agosto de 1992, del señor Director de Tránsito y Transporte Público, que solicita dictar normas de Tránsito que regulen el resguardo peatonal; la facultad que otorga a las Municipalidades el artículo 3° de la Ley de Tránsito No. 18.290; y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 16 y 53, de la Ley No. 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decreto:
Díctase la siguiente Ordenanza para resguardar la integridad de los peatones:
ORDENANZA
Con el fin de resguardar la integridad de los peatones, deberán observarse las siguientes disposiciones:
-
Toda incorporación a la circulación que se haga a las vías públicas, desde una vía particular, un inmueble, un estacionamiento, carece de derecho preferente de paso respecto de los peatones o vehículos en tránsito. La misma obligación rige para el conductor de un vehículo que salga de la circulación para ingresar a algunos de los lugares a que se refiere el inciso anterior.
Este ingreso o salida especialmente de recintos y que tengan un constante uso sobre aceras peatonales, deberán disponer de los dispositivos de señalización correspondientes, que adviertan la salida o entrada de vehículos. Ello deberá...
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