Decreto núm. 541, publicado el 25 de Septiembre de 1992. DICTA ORDENANZA PARA RESGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LOS PEATONES - MUNICIPALIDAD DE LA REINA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470824718

Decreto núm. 541, publicado el 25 de Septiembre de 1992. DICTA ORDENANZA PARA RESGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LOS PEATONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA REINA
Rango de LeyDecreto

DICTA ORDENANZA PARA RESGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LOS PEATONES

Núm. 541.- La Reina, Septiembre 2 de 1992.- Vistos: El Ord. No. 1.211, de fecha 31 de Agosto de 1992, del señor Director de Tránsito y Transporte Público, que solicita dictar normas de Tránsito que regulen el resguardo peatonal; la facultad que otorga a las Municipalidades el artículo 3° de la Ley de Tránsito No. 18.290; y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 16 y 53, de la Ley No. 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Decreto:

Díctase la siguiente Ordenanza para resguardar la integridad de los peatones:

ORDENANZA

Con el fin de resguardar la integridad de los peatones, deberán observarse las siguientes disposiciones:

  1. Toda incorporación a la circulación que se haga a las vías públicas, desde una vía particular, un inmueble, un estacionamiento, carece de derecho preferente de paso respecto de los peatones o vehículos en tránsito. La misma obligación rige para el conductor de un vehículo que salga de la circulación para ingresar a algunos de los lugares a que se refiere el inciso anterior.

    Este ingreso o salida especialmente de recintos y que tengan un constante uso sobre aceras peatonales, deberán disponer de los dispositivos de señalización correspondientes, que adviertan la salida o entrada de vehículos. Ello deberá...

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