Decreto 236 - DICTA ORDENANZA PARA INSTALACION DE TORRES, ANTENAS O ELEMENTOS PARA CUALQUIER TIPO DE TELECOMUNICACIONES - MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243353822

Decreto 236 - DICTA ORDENANZA PARA INSTALACION DE TORRES, ANTENAS O ELEMENTOS PARA CUALQUIER TIPO DE TELECOMUNICACIONES

EmisorMUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rango de LeyDecreto

DICTA ORDENANZA PARA INSTALACION DE TORRES, ANTENAS O ELEMENTOS PARA CUALQUIER TIPO DE TELECOMUNICACIONES

Quillota, 24 de enero de 2001.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue:

Núm. 236.- Vistos: Artículo 7º de la ley 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, que otorga al ministerio del ramo la facultad de velar ''por que todos los servicios de telecomunicaciones y sistemas e instalaciones que generen ondas electromagnéticas, cualquiera sea su naturaleza, sean instalados, operados y explotados de modo que no causen lesiones a personas o daños a cosas ni interferencias perjudiciales a los servicios de telecomunicaciones nacionales o extranjeros o interrupciones en su funcionamiento''; el artículo 18 de la ley 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, que establece que los titulares de servicios de telecomunicaciones tendrán derecho a usar bienes nacionales de uso público sólo para los fines específicos del servicio respectivo y que tales derechos se ejercerán sin perjudicar el uso principal de los bienes nacionales de uso público y cumpliendo las normas técnicas y reglamentarias, como también las ordenanzas que correspondan; el artículo 4º de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, que faculta al municipio para desarrollar funciones relacionadas, entre otras, con la protección del medio ambiente, la urbanización y la prevención de riesgos, facultad que se expresa mediante dictación de resoluciones aplicables a toda la comunidad como ordenanza; la necesidad de preservar el uso principal de los bienes nacionales de uso público de la comuna, de la seguridad de las personas, de la protección del medio ambiente y prevención de riesgos, sin pretender vulnerar ni contradecir las normas técnicas sobre el requisito de seguridad emanadas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones; el oficio circular Nº 55 de 1995 del Departamento de Desarrollo Urbano de Subsecretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo; la resolución Nº55 de 1992 de Contraloría General de la República y en virtud de las facultades que me confiere la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones,

D e c r e t o:

Primero: Díctase la siguiente:

ORDENANZA PARA INSTALACION DE TORRES, ANTENAS O ELEMENTOS PARA CUALQUIER TIPO DE TELECOMUNICACIONES

 

Art. 1º.- La presente ordenanza regula la instalación de antenas tradicionales, parabólicas o de cualquier tipo. Torres y elementos para el servicio de radio...

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