Decreto núm. 153, publicado el 17 de Mayo de 1985. DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE RÍO NEGRO |
Rango de Ley | Decreto |
DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Num. 153.- Río Negro, 30 de Abril de 1985.- Vistos:
El artículo 6º transitorio y demás pertinentes del decreto ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales;
y, teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 12º y 13º del decreto ley Nº 1.289, Orgánico de Municipalidades y Administración Comunal.
Decreto:
Díctase la siguiente "Ordenanza Local sobre
Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y
Servicios".
OBJETIVO
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la forma de cobro y el monto de los derechos municipales que deben pagar los que obtengan de.
la Municipalidad, una Concesión, un Permiso o reciban un
servicio.
LIQUIDACION Y PAGO DE LOS DERECHOS
Cada Departamento Municipal confeccionar la liquidación de derecho que preceda según se establece en esta Ordenanza y la dará a conocer.
al interesado, quien deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal dentro del plazo que corresponda.
Acreditado el pago mediante el comprobante que otorgue la Tesorería, el Departamento Municipal correspondiente otorgará la concesión, el permiso o prestará el servicio.
En cada caso se dejará testimonio del pago efectuado en el registro correspondiente, con indicación
del Boletín de Ingreso y de su fecha.
DEVOLUCION DE DERECHOS MUNICIPALES
Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún derecho municipal, éste deberá hacerse por decreto de pago del Alcalde, previo informe del correspondiente Departamento.
Copia del decreto de la devolución indicada, se transcribir al Departamento respectivo, para su anotación en los libros o registros correspondientes.
DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS DE ASEO Y ORNATO
Los servicios especiales por extracción de basura, escombros y otros distintos de los.
indicados en los artículos 6º y siguientes de la Ley de Rentas Municipales, los que se indican más adelante.
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- Retiro de basura industrial, por m2 promedio diarios mensual 10% de la UTM
-
- Retiro de ramas, hojas y otros provenientes de jardines, por m3 5% de la UTM
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- Retiro de escombros: 5% de la UTM por m3.
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- Basura depositada en aceras o calzadas, contraviniendo disposiciones del Depto. de Aseo y Ornato: 50% de la UTM
que indiquen pagarán los derechos municipales que para cada caso se señalan:
-
- Retiro especial de vehículos estacionados en la
vía pública: 50% de la UTM
-
- Retiro de kioskos hasta 2m2: 25% de la UTM Retiro de kioskos de más de 2m2: 50% de la UTM 3.- Extracción de árboles en sitios particulares que superen los 10 mts. de altura: 10% de la UTM
DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE, TRANSITO Y
VEHICULOS
El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público en los casos que la Ordenanza General del Tránsito lo permita, estará gravada con los siguientes derechos, anuales:
-
- Vehículo de transporte, pasajeros, carga y otros, cada uno 5% de la UTM.
-
- Taxis: 50% de la UTM
Los servicios municipales por revisión técnica de vehículos efectuadas para cualquier trámite que no sea el otorgamiento de permiso de circulación pagarán los siguientes derechos:
-
- Verificación de número de motor, transformaciones, clasificaciones, y otros afines, incluido el certificado correspondiente cuando sea el caso: 10% de la UTM
-
- Revisión y control de taxímetro, incluye sello y control en licencia: 10% de la UTM
Los servicios por exámenes, anotaciones, otorgamientos de duplicados, certificados y.
otros pagarán los siguientes derechos, como asimismo los
permisos:
-
- Duplicados de permisos de circulación y por...
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