DICT. 4207/064 27 de Octubre de 2014. Jornada de Trabajo; Exclusión al límite de jornada.DICT. 4207/064Los dependientes que se desempeñan como 'Químicos Farmacéuticos Jefes de Local' en Farmacias Salcobrand, laboran sujetos a fiscalización superior inmediata, razón por la cual, no se encuentran excluidos de la limitación de la jornada de trabajo prevista en el inciso 1° del...
Fecha Disposición | 27 de Octubre de 2014 |
Materia | Jornada de Trabajo; Exclusión al límite de jornada.DICT. 4207/064Los dependientes que se desempeñan como 'Químicos Farmacéuticos Jefes de Local' en Farmacias Salcobrand, laboran sujetos a fiscalización superior inmediata, razón por la cual, no se encuentran excluidos de la limitación de la jornada de trabajo prevista en el inciso 1° del... |
DEPARTAMENTO JURIDICO
4552(974)2014
ORD.: Nº
4207 / 064 /
MAT.:
Jornada de Trabajo; Exclusión al límite de jornada.
RDIC.:
Los dependientes que se desempeñan como "Químicos Farmacéuticos Jefes de Local" en Farmacias Salcobrand, laboran sujetos a fiscalización superior inmediata, razón por la cual, no se encuentran excluidos de la limitación de la jornada de trabajo prevista en el inciso 1° del artículo 22 del Código del Trabajo.
ANT.:
1) Ord. Nº2668 recibido el 16.10.2014, de Inspectora Provincial del Trabajo de Santiago.
2) Correos electrónicos de 14.10.2014, 13.10.2014 30.09.2014, 15.09.2014, 01.08.2014, 17.08.2014 y 11.07.2014 entre la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago y el Departamento Jurídico.
3) Ord. Nº 3228 de 20.08.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
4) Correos electrónicos de 26, 23 y 16.05.2014, entre el recurrente y el Departamento Jurídico.
5) Ords. Nºs 1970 y 1969 de 28.05.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
6) Acta de comparecencia de 22.05.2014, del recurrente.
7) Presentación de 22.04.2014, de Sr. Mauricio Acevedo Sandoval, Presidente Sindicato Salcobrand Nº 2.
CONCORDANCIAS:
Dictámenes Nºs 3594/075 de 07.09.2007, 3358/057 de 24.07.2006 y 3541/206 de 12.07.1999.
SANTIAGO,
27.10.2014
DE : DIRECTOR DEL TRABAJO
A :
SR.
MAURICIO ACEVEDO SANDOVAL
SINDICATO SALCOBRAND Nº 2
MONJITAS Nº 843 EDIFICIO C OFICINA 7001
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente 7), complementada y acotada mediante documento signado con el número 6) ha solicitado un pronunciamiento jurídico de esta Dirección, tendiente a determinar si los trabajadores que se desempeñan como Químicos Farmacéuticos, en la empresa Farmacias Salcobrand, se encuentran excluidos de la limitación de jornada laboral, al tenor del artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo.
Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:
El Código del Trabajo, en el artículo 22, incisos 1° y 2°, dispone:
"
La duración de la jornada ordinaria no excederá de cuarenta y
cinco
horas semanales."
Quedarán
excluidos de la limitación de jornada de trabajo los trabajadores que
presten
servicios
a
distintos
empleadores;
los
gerentes,
administradores,
apoderados
con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata; los contratados de acuerdo con este Código para prestar servicios en su propio hogar o en un lugar libremente elegido por ellos; los agentes comisionistas y de seguros, vendedores...
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