Decreto 2 - AUTORIZA COLECTA PUBLICA A BENEFICIO DE LA ASOCIACION DE DIALIZADOS Y TRANSPLANTADOS DE CHILE, ASODI, FILIAL PUNTA ARENAS - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241138446

Decreto 2 - AUTORIZA COLECTA PUBLICA A BENEFICIO DE LA ASOCIACION DE DIALIZADOS Y TRANSPLANTADOS DE CHILE, ASODI, FILIAL PUNTA ARENAS

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA COLECTA PUBLICA A BENEFICIO DE LA ASOCIACION DE DIALIZADOS Y TRANSPLANTADOS DE CHILE, ASODI, FILIAL PUNTA ARENAS

Punta Arenas, 25 de julio de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 2.- Vistos:

  1. El D.S. Nº 955 (I), de 24.06.74, modificado por el D.S. Nº 1.309 (I) de 21.09.74, en relación con el D.S. 969 (I) de 1975;

  2. La resolución Nº 55, de 24.01.92, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante resolución Nº 520, de 15.11.96, del mismo organismo;

  3. El DFL Nº 1-19.175 de 2005 (I), que fijó texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175 de 11.11.92 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional;

  4. La carta de fecha 23.07.2007, de la Asodi, Filial Punta Arenas.

    Decreto:

  5. Autorízase a la entidad denominada Asociación de Dializados y Transplantados, Asodi, Filial Punta Arenas, para realizar una colecta pública en todo el territorio de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, el día martes 21 de agosto de 2007.

  6. Las utilidades producto de esta colecta será destinado para apoyar a los pacientes con insuficiencia renal crónica.

  7. Las personas que tendrán a su cargo la referida colecta son la señora Marlene Mabel Segovia Vargas, representante legal de la institución, RUT 7.148.562-5, domiciliada en Los Alerces Nº 2703, Población Fitz Roy, ciudad de Punta Arenas, y doña Rita Angélica Ramos Hernández, RUT 6.687.051-0, domiciliada en José Robert Nº 0693, Población Williams, ciudad de Punta Arenas.

  8. La referida Asociación deberá remitir a esta Intendencia Regional dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de la realización de la colecta, un informe detallado y documentado de los ingresos obtenidos y de su inversión.

  9. La autorización que se concede mediante el presente decreto, obliga a Asodi a cumplir con las disposiciones que establece el decreto Nº 955, de 03.06.74.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Ana María Díaz Pérez, Intendenta Regional (S) de...

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