Decreto núm. 72, publicado el 25 de Junio de 2010. MODIFICA DECRETO Nº174, DE 2007, QUE DISPONE BENEFICIOS PARA DEUDORES HABITACIONALES D.S. Nº 235, DE 1985, EN EL SENTIDO DE PRORROGAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 PLAZO PARA ACOGERSE A SUS BENEFICIOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469843058

Decreto núm. 72, publicado el 25 de Junio de 2010. MODIFICA DECRETO Nº174, DE 2007, QUE DISPONE BENEFICIOS PARA DEUDORES HABITACIONALES D.S. Nº 235, DE 1985, EN EL SENTIDO DE PRORROGAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 PLAZO PARA ACOGERSE A SUS BENEFICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº174, DE 2007, QUE DISPONE BENEFICIOS PARA DEUDORES HABITACIONALES D.S. Nº 235, DE 1985, EN EL SENTIDO DE PRORROGAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 PLAZO PARA ACOGERSE A SUS BENEFICIOS

Santiago, 2 de junio de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 72.- Visto: El D.L. Nº 539, de 1974; el D.L. Nº1.305, de 1975; la Ley Nº 16.391, en especial lo dispuesto en el inciso cuarto de su artículo 21; el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985; el D.S. Nº174 (V. y U.), de 2007 y sus modificaciones; las facultades que me confiere el número 6º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile, y

Considerando:

  1. Que mediante decreto supremo Nº174, de 2007, modificado por los decretos supremos Nº73 y Nº185, ambos de 2008, Nº43 y Nº70 ambos de 2009, todos de Vivienda y Urbanismo, se implementaron medidas en favor de los beneficiarios del subsidio habitacional regulado por el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, que tuvieren obligaciones pecuniarias pendientes con instituciones financieras, provenientes de créditos hipotecarios o mutuos hipotecarios endosables obtenidos para enterar el precio de la vivienda, que hasta el 30 de junio de 2010 renegocien el monto de la tasa de interés pactada, con la entidad financiera que les hubiere otorgado un crédito hipotecario o un mutuo hipotecario endosable para enterar el precio de la vivienda conforme al citado reglamento o con la cesionaria del mismo.

  2. Que estando próximo a expirar el plazo señalado en el considerando anterior, se ha estimado conveniente disponer su prórroga a...

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