NADA NOS DETIENE SpA 77.088.232-K
Fecha de publicación | 10 Abril 2021 |
Número de registro | CVE-1925173 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.926 |
CVE 1925173 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.926 | Sábado 10 de Abril de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1925173
EXTRACTO
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42° Notaría de
Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, Santiago, certifica: Por instrumento
privado de fecha 05 de abril del año 2021, protocolizado en esta notaria con fecha 06 de abril de
año 2021, bajo el Repertorio N° 12.560 / 2021; don Nicholas Shea Carey y don Andrés
Guillermo Cargill Medel, en nombre y representación de Corporación G100 de Apoyo al
Emprendimiento, RUT N° 65.189.553-7, actual y única accionista, según consta al Notario que
autoriza, de la sociedad “Nada Nos Detiene SpA”, inscrita a fojas 86.346, número 42.448, del
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año
2019, acordaron la modificación de la sociedad en el siguiente sentido: Objeto Social: Se amplió
el objeto social, sustituyendo el artículo segundo de los estatutos sociales, el que quedó redactado
de la siguiente forma: “ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto o giro de la sociedad será la
ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La realización de actividades
de producción, difusión y comercialización de toda clase de programas o espectáculos artísticos
y/o culturales, incluida la representación artística, conferencias, entrevistas o eventos culturales,
por cuenta propia o ajena, para su exhibición en recintos públicos o privados, abiertos o cerrados,
cines, salas de espectáculos, auditorios, internet y otros medios tecnológicos o no tecnológicos;
b) La operación, mantención y explotación de concesiones de servicios de radiodifusión
televisiva de libre recepción o de pago, de radiodifusión sonora, y otras concesiones del área
audiovisual, pudiendo realizar todos aquellos actos, contratos y negocios jurídicos conducentes al
cumplimiento de su objetivo; c) El ejercicio del comercio en cualquiera de sus formas, en toda el
área audiovisual, computacional, de las comunicaciones y la publicidad y demás que se
relacionen directa e indirectamente con el objeto social; d) La compra, venta, cesión, permuta,
distribución y/o comercialización de derechos de exhibición respecto de historias y guiones
cinematográficos o de video, obras audiovisuales, obras literarias, impresos, fotografías,
imágenes o sistemas audiovisuales, de música, de sonido o de la media computacional, de las
comunicaciones, producciones cinematográficas, de televisión, radio, video, teatro, programas de
divulgación científica, social, cultural y, en general, de toda obra intelectual susceptible de ser
representada por algún medio audiovisual, radial, ideográfico o escrito, para su difusión por
cuenta propia o ajena, a través de cualquier medio, en el territorio nacional o en el extranjero; e)
El desarrollo, explotación, y/o la operación de plataformas tecnológicas para la emisión,
reemisión, difusión de todo tipo de programas o eventos artísticos o culturales; f) La inversión en
toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de
personas y, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, y g) En
general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o
conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución
de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse
temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por
medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con
cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.”. En todo lo no modificado expresamente en el
instrumento extractado, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones que conforman los
estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. Santiago, 07 abril de
2021.
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