Decreto núm. 984, publicado el 14 de Diciembre de 1995. APRUEBA ORDENANZA PARA DETERMINAR TARIFAS DE RETIRO DE BASURA DOMICILIARIA, COBRO Y EXENCIONES - MUNICIPALIDAD DE LA REINA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496522838

Decreto núm. 984, publicado el 14 de Diciembre de 1995. APRUEBA ORDENANZA PARA DETERMINAR TARIFAS DE RETIRO DE BASURA DOMICILIARIA, COBRO Y EXENCIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA REINA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA PARA DETERMINAR TARIFAS DE RETIRO DE BASURA DOMICILIARIA, COBRO Y EXENCIONES

Núm. 984.- La Reina, 28 de Noviembre de 1995.- Vistos: Que la Municipalidad de La Reina debe contar con una Ordenanza Municipal para determinar tarifas de aseo, cobro y exenciones parciales o totales, el Acuerdo N° 281, de fecha 27 de Noviembre de 1995, del Concejo Municipal de La Reina; la Resolución N° 55 de 1992, de la Contraloría General de la República; y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 17 y 56, de la Ley N° 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

D e c r e t o:

  1. Apruébase la Ordenanza para Determinar Tarifas de Retiro de la Basura Domiciliaria, cobro y exenciones, en los términos que se señalan en su texto, que adjunto al presente decreto se entiende formar parte integrante del mismo.

  2. Publíquese la presente ordenanza en el Diario Oficial.

Anótese, comuníquese y archívese.- M. Olivia Gazmuri Schleyer, Alcaldesa.- Jaime Agustín Billa Correa, Secretario Municipal.

Lo que transcribo a Ud., conforme a su original.- Jaime Agustín Billa Correa, Secretario Municipal.

PROYECTO DE ORDENANZA PARA DETERMINAR TARIFAS DE RETIRO DE LA BASURA DOMICILIARIA, COBRO Y EXENCIONES

Artículo 1°

La presente Ordenanza tiene por objeto normar sobre la determinación del costo real del servicio de aseo domiciliario que corresponde pagar, en la comuna de La Reina, a cada vivienda o unidad habitacional, local, establecimiento, oficina, kiosco y sitios eriazos. Además, norma las condiciones necesarias para la exención en su pago, ya sea en forma parcial o total.

Artículo 2°

La fijación de tarifas y procedimiento de cobranza del derecho que la Municipalidad de La Reina determine por el servicio domiciliario de retiro de basura, se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 6°, 7°, 8°, 9° y 48° del D.L. 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y por las normas de la presente Ordenanza.

Artículo 3°

Para los efectos de la presente Ordenanza, se entenderá sin necesidad de mención expresa, que toda referencia a la Ley o a número de artículos corresponde al D.L. 3.063, de 1979 y a sus disposiciones permanentes o transitorias, según el caso, y por la expresión "servicio" se entenderá el servicio de aseo domici-liario.

Artículo 4°

La determinación del costo del servicio comprenderá los gastos reales y totales que se realicen a través del Departamento de Aseo y de otros Departamentos o Unidades Municipales, que estén relacionados con el servicio, como emisión y distribución de boletines, cobro y control de pagos, correspondientes a las funciones de recolección, transporte, etapas intermedias y disposición final de la basura. Deberá considerarse además las exenciones.

Artículo 5°

La Dirección de Administración y Finanzas y la Dirección de Aseo y Ornato prepararán el estudio del costo real del servicio de aseo indicando las tarifas respectivas y lo propondrán al Alcalde y al Concejo, dentro del mes de octubre de cada año.

Para tal efecto, se deberán considerar los egresos que define y contiene el clasificador presupuestario, manteniendo su estructura básica, definida en el D.S.H.

N° 1.256, de 1990, o en disposición legal que la reemplace.

Artículo 6°

Los rubros de gastos que se considerarán para determinar el costo del servicio son los siguientes:

  1. gasto en personal, de planta o a contrata, que comprenden todas las remuneraciones fijas o variables, ordinarias o extraordinarias, imponibles o no imponibles, aportes previsionales o legales, incluidos los que corresponda al financiamiento del seguro por accidente del trabajo.

  2. gastos en vehículo que comprenden los de operación (petróleo, gasolina u otro combustible); los de mantenimiento (lubricantes, baterías, neumáticos, repuestos, pinturas, reparaciones en talleres particulares, herramientas y otros), y los de seguro sobre los vehículos.

  3. gastos en disposición final de...

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