Descanso Semanal; Trabajadores Exceptuados del Descanso en dia Domingo y Festivos; Calificación; Ordinario Nº 2504, De 04.06.2018 - Núm. 62, Agosto 2018 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 795577673

Descanso Semanal; Trabajadores Exceptuados del Descanso en dia Domingo y Festivos; Calificación; Ordinario Nº 2504, De 04.06.2018

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MANUAL EJECUTIVO LA BO RAL
15.- DESCANSO SEMANAL; TRABAJADORES EXCEPTUADOS DEL DESCANSO
EN DIA DOMINGO Y FESTIVOS; CALIFICACIÓN;
MATERIA: Las labores de los operadores de cash logistic son de aquellas que exigen
continuidad por las necesidades que satisfacen, circunstancia que permite sostener
que tales dependientes se encuentran exceptuados del descanso dominical y de
días festivos en virtud del artículo 38 N°2 del Código del Trabajo.
ORDINARIO N°2504, DE 04.06.2018
Se ha solicitado un pronunciamiento jurídico que precise si las labores que cumplen
los “operadores de cash logistic”, encargados de la recepción, entrega y custodia
de valores, pueden ser consideradas dentro de las excepciones al descanso en día
domingo y festivos del articulo 38 N°2 del Código del Trabajo.
En forma previa a resolver sobre el particular y con el objeto de contar con mayores
antecedentes sobre la materia en consulta, se solicitó la práctica de una visita
inspectiva a la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte, a n de que informen
a este Servicio las funciones que realiza el personal referido en la presentación y si
las mismas exigen continuidad por las necesidades que satisfacen.
En respuesta a la solicitud a que se ha hecho referencia precedentemente, la
Inspección requerida evacuó el informe de scalización del antecedente 2), el que
expresa que el cargo de operador de cash logistic comprende las siguientes funciones:
a) recepcionar de parte de los vigilantes privados las remesas a procesar y almacenar
los valores y documentos entregados para su recuento; 2) preparar y cuadrar las rutas
y valores de tránsito; 3) armado, despacho y recepción de rutas a vigilantes privados;
4) realizar el recuento de valores recibidos de parte de los clientes; y 5) preparar las
remesas de acuerdo a lo solicitado por los clientes, ingresando las monedas o billetes
según el detalle de la solicitud para luego ser despachado en ruta a todos los puntos
solicitados por los vigilantes privados mediante el transporte blindado.
En cuanto a la jornada de trabajo, el informe indica que el personal operativo cumple
una jornada de 45 horas semanales, distribuidas en cinco o seis días y con un día de
descanso compensatorio por cada domingo y/o festivo trabajado.
En tales circunstancias, la scalizadora actuante concluye su informe señalando que
la labor de operador de cash logistic se encuentra intrínsecamente relacionada con
la de los vigilantes privados, resultando de tal forma comprendida en la excepción al
descanso de días domingos y festivos del N°2 del artículo 38 del Código del Trabajo.
De esta suerte, analizada la situación en consulta a la luz del informe de scalización
precedentemente expuesto, no cabe sino concluir que las labores de los operadores
de cash logistic son de aquellas que exigen continuidad por las necesidades que
satisfacen, circunstancia que permite sostener que tales dependientes se encuentran
exceptuados del descanso dominical y de días festivos en virtud del artículo 38 N°2
del Código del Trabajo.

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