Derechos sociales constitucionales - 30 de Marzo de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 899391775

Derechos sociales constitucionales

Establecidos los derechos fundamentales por la comisión correspondiente de la Convención Constitucional, debiera darse inicio a un debate profundo respecto de los derechos sociales, económicos y culturales. Se dice que existen tres generaciones de derechos: la primera correspondería a los primeros en ser establecidos, luego se agregaron los derechos sociales y ahora se discute en el mundo la existencia de una tercera generación no bien definida aún. Los primeros derechos son los fundamentales, los que ya fueron esbozados en el siglo XIII en la Carta Magna, que definió límites al poder del soberano. A fines del siglo XVIII, estos comenzaron a universalizarse tras las revoluciones francesa y americana. Quedaron así establecidos los derechos civiles y políticos, que protegen a las personas o individuos de los excesos del Estado. Entre estos se incluyen el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, la libertad de expresión y de religión, el derecho de propiedad y el derecho a voto y a un juicio justo.Luego de la Segunda Guerra Mundial surgió la necesidad de reconocer los derechos sociales y económicos, que incluían el derecho al trabajo, a la salud, la educación, la vivienda y la alimentación. En la Declaración Universal de los Derechos Humanos se deja en claro que además de los derechos individuales ya reconocidos, toda persona tendrá derecho a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales "habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado". Pues es evidente que la satisfacción de esta clase de derechos supone gastos que no están al alcance de los países y deben quedar como una aspiración que se irá satisfaciendo a medida que el progreso lo haga posible.En el proyecto constitucional, sin duda, quedarán establecidos los derechos sociales y económicos, pero la forma en que la Convención lo haga tendrá una trascendencia fundamental. Desde luego se puede simplemente enumerar la lista de derechos y afirmar que el Estado garantiza su cumplimiento sin que se puedan hacer valer otras consideraciones. No sería Chile el primer país en seguir ese camino, pero sería un engaño, puesto que, si bien es muy fácil ponerlo en palabras, después no habrá forma de satisfacer esas demandas. Angola y otros países africanos, junto a Bolivia y Venezuela, entre otros, han diseñado de un modo semejante los derechos constitucionales, pero eso no significa que atiendan a su población mejor que los países europeos que han...

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