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Decreto núm. 65, publicado el 29 de Enero de 1987. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Quillota, 23 de Enero de 1987.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue:

Núm. 65.- Vistos: La necesidad de modificar, agregar y eliminar algunos derechos determinados en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios aprobada por Decreto Alcaldicio No. 24 de fecha 09 de enero de 1986; lo establecido en el Art. 43° del Decreto Ley No. 3.063 de 24 de Diciembre de 1979, y en uso de las facultades que me concede la Ley No. 1.289 Orgánica de Municipios y Administración Comunal,

Decreto:

Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios y aprobada por Decreto Alcaldicio No. 24 de fecha 09 de Enero de 1986, en la f orma que a continuación se indica:

Art. 8

reemplácese el No. 6 por el siguiente:

  1. Licencias de Conductor con una o varias de

las siguientes clases: A1, A2, B, C, y D 0.50 UTM

Art. 8

agréguense los siguientes números:

  1. Control anual para Licencia de Conductor

    Clase Al y conductores mayores de 65 años 0.25 UTM

  2. Control cada seis años para licencias de

    conductor clase A2, B, C y D 0.50 UTM

  3. Licencias de conductor Clase E y control

    cada seis años para licencias Clase E 0.25 UTM

  4. Duplicados de licencia 0.25 UTM

  5. Cambio de domicilio, examen de reglamento

    práctico, físico o psíquico cuando no se

    trate del que debe rendirse para el

    otorgamiento o control de licencia de

    conductor, certificados 0.10 UTM

Art. 9°

reemplácese el No. 3 "Sepultación en tierra párvulos" por el siguiente:

  1. Renovaciones por un año 0.10 UTM

Art. 9°

reemplácese "Venta de terrenos para Bóvedas y Mausoleos" por el siguiente:

Sector A, m2 3.25 UTM

Sector B, m2 2 UTM

Se excluye

consumo de

agua por la

construcción

de las obras.

Art. 9°

reemplácese "Derechos de Inhumaciones", por el siguiente:

  1. En bóveda de familia tipo litera 0.5 UTM

  2. En bóveda tipo cajón 0.4 UTM

  3. En Mausoleos de Instituciones 0.4 UTM

  4. Restos ánfora, Sep. nichos 0.4 UTM

Art. 9°

reemplácese "Reducciones", por el siguiente:

  1. Adultos en general 0.3 UTM

  2. Adultos en Mausoleos de Instituciones 0.3 UTM

  3. Párvulos 0.2 UTM

Art. 9°

reemplácese "Duplicados de Títulos y otros" por el siguiente:

  1. Duplicado de títulos de propiedad 0.10 UTM

  2. Copias de comprobantes de ingresos

    (estampillas) 0.003 UTM

  3. Certificados Cementerio (estampillas) 0.002 UTM

  4. ...

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