Decreto núm. 52 EXENTO, publicado el 30 de Enero de 1985. APRUEBA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS, CONCESIONES Y PERMISOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA LOCAL SSOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS, CONCESIONES Y PERMISOS
Rancagua, 23 de Enero de 1985.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:
Núm. 52 exento.- Considerando: La necesidad de regular anualmente los derechos municipales por concesiones, permisos o servicios respecto de los cuales no se ha fijado un monto;
Vistos: EL Artículo 43 y demás pertinentes del DL No 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales y teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 12 y 13 del DL N° 1.289, de 1976, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal.
Decreto:
Apruébase la siguiente Ordenanza Local de derechos municipales por servicios concesiones y permisos de la I. Municipalidad de Rancagua, que empezara a regir a contar del 31 de Enero de 1985.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular el monto y la forma de girar los derechos municipales que deben pagar las personas naturales o jurídicas, sean de derecho público o privado, que obtengan de la Municipalidad una concesión, un permiso o reciban un servicio.
Cada Departamento Municipal confeccionara respecto de su area de funciones, el giro de los derechos que proceda según se establece en esta Ordenanza, y la dara a conocer al interesado, quien debera enterar su pago en la Tesorería Municipal, dentro del plazo que corresponda.
Los giros y su correspondiente pago, deberan hacerse antes del inicio de la concesión o permiso o a la fecha en que se comience a prestrar el servicio, y su vencimiento se fijara el último día del mes en que se efectúe el giro, salvo en aquellos casos en que la Ley ha fijado otros plazos.
En cada caso se dejara testimonio del pago efectuado en el registro correspondiente con indicación del Boletín de Ingreso y su fecha.
El valor de la UTM (UTM) a que se refiere esta Ordenanza, sera el vigente a la fecha del inicio de la concesión o permiso o fecha en que se comience a recibir el servicio.
La devolución de todo o parte de un derecho municipal mal girado, debera hacerse por decreto alcaldicio, previo informe del Departamento correspondiente. Copia del decreto de devolución se transcribirá al Departamento respectivo, para su anotación en los libros o registros correspondientes.
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Departamento de Subsistencias y Patentes.
El monto de 1os derechos que deben ser girados por el Departamento de Subsistencias-Patentes, divididos en: Unidad de Patentes y Unidad de Mercado será el siguiente:
A-1 Unidad de Patentes.
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- Instalaciones o construcciones varias en Bienes Nacionales de Uso Público:
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Sector central, por metro cuadrado, anual 1 UTM
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Sector Periférico, por metro cuadrado
anual 0,40 UTM
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- Bombas de combustibles y lubricantes
en lugares o terrenos de uso público, anual 3 UTM
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- Comerciantes ambulante, semestre 0,50 UTM
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- Derecho por funcionamiento de circos
y otros, por día de trabajo 0,05 UTM
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- Permiso para Vender frutas y verduras
por la temporada (desde el 01 de Diciembre
al 31 de Marzo de cada año), mensual 0, 15 UTM
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- Derechos por concepto de propaganda
vista de la vía pública:
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Carteles, letreros o avisos "No luminosos",
por metro cuadrado, anual: 1 UTM
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Carteles, letreros, avisos "Luminosos",
por metro cuadrado, anual 0,50 UTM
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Vidrierías o vitrinas salientes de la
fachada, sea en la vía pública o en
pasajes interiores de transito o acceso
público, destinadas a la propaganda,
siempre que queden contenidas dentro
de la línea de edificación por metro
cuadrado, anual 0,50 UTM
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Vehículos que porten propaganda,
metros cuadrado, anual 3 UTM
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- Derechos por Beneficios:
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Baile con venta de bebidas alcohólicas
y comestible, diario 0,20 UTM
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Baile con venta de bebidas alcohólicos
y comestible, diario 0,50 UTM
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Rodeos, diario 0,40 UTM
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Carreras a la chilena, diario 0,20 UTM
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Entretenciones mecánicas, diario 0,20 UTM
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Espectáculos públicos, diario 0,20 UTM
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- Derechos varios:
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Permiso Promotoras de productos
sistema puerta a puerta, semestral 0,30 UTM
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Otras situaciones afectas a pagos
de derechos municipales 0,20 UTM
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- Derechos por uso de campos
deportivos y recreativos municipales:
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Balneario:
Entrada Niño 0,01 UTM
Entrada Adulto 0,02 UTM
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Canchas Deportivas, por hora...
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