Decreto núm. 100 EXENTO, publicado el 02 de Septiembre de 2005. TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Santiago, 4 de julio de 2005.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 100 exento.- Visto:
-
Lo dispuesto en el Nº 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.
-
Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la Ley Nº 17.798, agregado por el Artículo 1 del Decreto Ley Nº 2.553 de 1979:
-
D/S Nº 19 de la Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.Ene.2001.
-
La Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.
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Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.
Decreto:
-
Fíjase para regir en el Segundo Semestre del año 2005 las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:
Item Solicitud Tasa
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SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS
CON ARMAS Y MUNICIONES.
Inscripciones:
01* Solicitud para construir, legalizar,
ampliar,
modificar,
inscribir o renovar
inscripción de fábrica o armaduría
(incluyendo industria, plantas
independientes y
polígonos de prueba, para
comerciantes, importa-
dores y reparadores de armas) $ 30.300.-
02* Solicitud para inscribirse,
por primera vez, en los
registros nacionales de:
-
-
Importador de armas, municiones,
cartuchos iNdustriales, luces
de señales, gases irritantes,
electroshock, sus componentes
y elementos
similares (cada rubro) $ 30.300.-
-
Importador de material bélico $ 30.300.-
-
Exportador de armas, municiones,
cartuchos industriales,
elementos pirotécnicos, gases
irritantes, electroshock, sus
componentes y elementos
similares (cada rubro) $ 30.300.-
-
Exportador de material bélico $ 30.300.-
-
Comerciante en armas,
municiones, cartuchos
industriales,
elementos pirotécnicos,
gases irritantes, electroshock,
sus componentes y elementos
similares (cada rubro) $ 30.300.-
-
Comerciante de material bélico $ 30.300.-
03* Solicitud para renovar inscripción
anual en los registros nacionales de:
-
Importador de productos sometidos
a control, sus componentes
y elementos similares $ 30.300.-
-
Importador de material bélico $ 30.300.-
-
Exportador de productos sometidos
a control, sus componentes
y elementos similares $ 30.300.-
-
Exportador de material bélico $ 30.300.-
-
Comerciante de productos sometidos
a control, sus componentes y
elementos similares $ 30.300.-
-
Comerciante de material bélico $ 30.300.-
04* Solicitud para inscribirse o
renovar inscripción anual en el
Registro
Nacional como "Consumidor Habitual" de:
-
Municiones (para Clubes de Tiro
y Caza afiliados a la respectiva
Federación) $ 24.240.-
-
Cartuchos industriales $ 24.240.-
-
Elementos Pirotécnicos de
señales y seguridad para salvataje $ 24.240.-
05* Solicitud para inscribirse
en el Registro Nacional de
Deportista
o Deportista Calificado $ 15.450.-
06* Solicitud para:
-
Inscribirse en el Registro
Nacional de Coleccionista $ 30.300.-
-
Renovación registro coleccionista
cada 5 años $ 3.100.-
07* Solicitud para inscribirse
o renovar inscripción en el Registro
Nacional de Reparadores de
Armas (Anual) $ 15.450.-
08 Solicitud de inscripción:
-
Arma de fuego inscrita por
primera vez (c/u) $ 6.490.-
-
Una máquina lanzadora, de
disparo o elementos similares a un
arma de fuego $ 6.490.-
-
Una máquina recargadora de munición $ 30.300.-
Porte de Armas:
09 Solicitud para portar arma de fuego:
-
Un arma de puño Defensa Personal $ 29.880.-
-
Un arma de Protección y Seguridad $ 18.450.-
Adquisiciones:
10 Autorización para comprar elementos
sometidos a control
(comerciantes inscritos) $ 30.300.-
11 Autorización para comprar un
Arma de Fuego Nueva (particulares) $ 15.450.-
12 Autorización para comprar
Municiones:
-
Cartuchos para escopetas:
-
De caza, con o sin permiso
de porte de armas, por unidad,
no excediendo las 3.000 uu. anuales
por arma inscrita $ 7.-
-
De deporte, con o sin permiso
de porte de armas, por unidad,
no excediendo las 3.000 uu.
anuales por arma inscrita $ 7.-
-
De seguridad y protección,
por unidad, no excediendo las
3.000 uu. anuales $ 7.-
-
-
Cartuchos de proyectil
único:
-
Cazador, con o sin permiso de
porte de armas, por unidad,
no excediendo las 3.000 uu.
anuales por arma inscrita $ 7.-
-
Deportista, con o sin permiso
de porte de armas, por unidad,
no excediendo las 3.000 uu. anuales
por arma inscrita $ 7.-
-
-
Cartuchos para armas de Defensa
Personal con o sin permiso de porte
de armas, por unidad, hasta
100 uu. anuales por arma inscrita $ 7.-
-
Cartuchos para Clubes de
Tiro y/o Caza afiliados a una
Federación y Empresas, ambos
inscritos como Consumidores
Habituales de Munición,
cada 3.000 uu. (no excediendo el
almacenamiento autorizado
por resolución de la Dirección
General) $ 3.500.-
-
Componentes de munición
permitidos cada, 1 kgs.
de pólvora,
500 vainillas, 500
fulminantes y 500 puntas
de bala, para
particulares, con máquina
recargadora inscrita
(No excediendo
las 3.000 uu. anuales
por calibre) $ 3.500.-
-
Componentes de munición
permitidos cada, 4,5 kgs. de
pólvora, 3.000 vainillas,
3.000 fulminantes y 3.000
puntas de bala, para
Clubes de Tiro con máquina
recargadora inscrita,
por calibre $ 4.500.-
13 Solicitud de autorización de
compra especial para deportistas
calificados:
-
De munición (según resolución
que en cada caso dicte la
Autoridad) $ 15.450.-
-
De componentes de la munición
(según resolución que en
cada caso dicte la Autoridad) $ 15.450.-
14 Autorización para comprar
(cada 5.000) cartuchos industriales
y sobre 5 bengalas de mano,
bombas de humo, cohete con
paracaídas, boyas
humo-luz, lanzacabos y cualquier
otro elemento de características
similares $ 1.480.-
15 Solicitudes de Transferencia de:
-
Armas de fuego (con
inscripción incluida) $ 21.370.-
-
Una máquina lanzadora, de
disparo o elementos similares
a un arma
de fuego (con inscripción
incluida) $ 21.940.-
-
Máquinas recargadoras
(con inscripción incluida) $ 30.300.-
-
Armas de fuego por defunción
de su propietario $ 6.490.-
16 Autorización para Comprar
una máquina recargadora de
cartuchos de
munición nueva $ 30.300.-
17 Solicitud de renovación
de inscripción de una máquina
recargadora
de munición (cada 2 años) $ 14.800.-
18 Autorización para comprar
cada 1 repuesto mayor para
armas de fuego
(cierre, cañón, cajón de
mecanismo o básculas y otros
conjuntos de
piezas completos) $ 3.040.-
19 Autorización para comprar
un arma para Servicio de
Vigilantes
Privados, autorizado por
Decreto del Ministerio
del Interior $ 18.450.-
20 Autorización para comprar
cartuchos para armas de Servicio de
Vigilantes Privados
autorizados (cada 100 cartuchos) $ 4.500.-
Otras Solicitudes:
21 Solicitud de depósito
de armamento en recinto
autorizado, costo
diario $ 200.-
22 Solicitud para
modificar el diseño o
características de envase
de un producto inscrito
u otra modificación menor
de sus especificaciones
o normas $ 9.670.-
23 Solicitud de personas
jurídicas para tenencia e
inscripción de más de
2 (dos) armas de fuego $ 30.300.-
24 Solicitud de personas jurídicas
para entregar armas en comodato $ 15.450.-
-
SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON
EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y FUEGOS ARTIFICIALES
Inscripciones:
25* Solicitud para construir,
ampliar, inscribir o renovar
inscripción de
fábricas o camiones-fábrica
de explosivos, accesorios
y componentes $ 30.300.-
26* Solicitud para construir,
legalizar o renovar inscripción
anual de polvorines, canchas
y silos de nitrato de amonio
según capacidad
autorizada de dinamita al
60% o su equivalente en otro
explosivo:
-
-
Hasta 70 kgs. de dinamita
al 60% o su equivalente en
otros explosivos $ 2.540.-
-
Sobre 70 y hasta 1.000 kgs.
dinamita al 60% o su equivalente
en otros explosivos $ 15.450.-
-
Sobre 1.000 kgs. dinamita
al 60% o su equivalente en otros
explosivos $ 30.300.-
27* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción en
los siguientes registros nacionales de:
-
Importador de explosivos,
accesorios y partes componentes $ 30.300.-
-
Importador de productos
químicos o fuegos artificiales $ 30.300.-
-
Exportador de explosivos,
accesorios y partes componentes $ 30.300.-
-
Exportador de productos
químicos o fuegos artificiales $ 30.300.-
-
Comerciante de explosivos,
accesorios y partes componentes $ 30.300.-
-
Comerciante de productos
químicos o fuegos artificiales $ 30.300.-
28* Solicitud para inscribirse
o renovar inscripción en el Registro Nacional
de Consumidor Habitual de Explosivos, como:
-
Pirquinero, materialero,
cantero independiente o
pequeño minero
(renovación cada dos años según
Decreto Supremo N° 73 de
-
DIC.991) $ 2.540.-
-
-
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