Derecho penal - Núm. 9, Enero 2022 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 909455608

Derecho penal

AutorJosefina Gutiérrez
Páginas42-43
Derecho
penal
Proyecto de nuevo Código Penal
Josefina Gutiérrez
jigutierrez@claro.cl
Con fecha 6 de enero de 2022, el Gobierno
suscribió y envió al Congreso un proyecto de
nuevo Código Penal. Conforme al Mensaje, la
propuesta surge de la necesidad de tipificar
nuevas conductas riesgosas, restituir la
coherencia interna del Código Penal que se ha
perdido por las múltiples modificaciones
parciales que se han realizado, y simplificar su
aplicación e interpretación. Así, el proyecto
busca reunir en el código todos los tipos
penales, incorporando delitos que hoy se
encuentran en leyes especiales, como los
informáticos, los asociados al uso de medios de
pago, los que atentan contra el mercado de
valores, los delitos medioambientales y las
conductas terroristas, entre muchos otros.
En el mismo sentido, incorpora al código y
reforma el estatuto de responsabilidad penal de
las personas jurídicas, ampliando las categorías
de personas jurídicas que responden
penalmente (incorpora a las sociedades y
universidades del Estado, las personas jurídicas
religiosas de derecho público y, para ciertos
delitos, los partidos políticos) y prescindiendo
del catálogo de delitos base por el que
responden, de modo que cada persona jurídica
pueda ser hecha responsable por todos los
hechos delictivos que se cometan en el
contexto de su actividad. El proyecto también
tipifica nuevas figuras, como la obtención
indebida de beneficios fiscales, los delitos
relativos a la energía nuclear, la publicidad
engañosa y el quebrantamiento de la
tranquilidad pública. Otra particularidad del
proyecto es que prescinde de las faltas. Estas y
los actuales simples delitos no contemplados en
el proyecto serán tratados como
contravenciones de competencia de los
Juzgados de Policía Local.
Pero probablemente la mayor innovación
propuesta incide en el sistema de penas. En
síntesis, se plantea ampliar el uso de las penas
distintas a la privación total de libertad, potenciar
el uso de la pena de multa por medio del
sistema de ‘días-multa’, y establecer un sistema
de determinación judicial de las penas que solo
muy excepcionalmente admite que se
sobrepase el marco legal.
Asimismo, crea un sistema de consecuencias
adicionales al hecho punible, ampliando la aplicación
de las inhabilitaciones y del comiso. Destaca
especialmente el “comiso de ganancias”, que se
considera una consecuencia no punitiva aparejada a
toda sentencia condenatoria, y cuyos efectos se
extienden incluso a terceros que se hayan
enriquecido injustificadamente con la perpetración
del delito.
El proyecto modifica estructuralmente el sistema
penal. Esto obliga a ponderar su calidad técnica y
científica, por un lado, con los riesgos que tiene
introducir incertidumbre ahora también en este
ámbito de la administración justicia, donde el valor de
la certeza es particularmente importante.

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