Derecho a la no discriminación - Núm. 15, Septiembre 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702368593

Derecho a la no discriminación

Páginas103-105
Reglamento
Interno
103
3. DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN.
MATERIA: Actualiza la doctrina vigente de esta Dirección, contenida en dictamen
Nº3704/134, de 11.08.2004, a la luz de los efectos de la ley Nº20.609, que establece
medidas contra la discriminación.
Ordinario Nº 2660/033, de 18.07.2014.
Por necesidades del Servicio, se ha estimado pertinente actualizar la doctrina
vigente de esta Dirección, contenida en dictamen Nº 3704/134, de 11.08.2004, que
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del Código del Trabajo, referidos al derecho a la no discriminación en el ámbito
laboral, a la luz de los efectos de la ley Nº 20.609, que establece medidas contra la
discriminación.
Sobre el particular, cabe considerar que la ley Nº20.609, fue promulgada el 12 de julio
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ordenamiento jurídico la no discriminación arbitraria, de forma tal de garantizar en
mejor forma la igualdad ante la ley y el reconocimiento de los derechos esenciales
que emanan de la naturaleza humana.
En este sentido, el artículo 1º de la ley antes citada, prescribe que “Esta ley tiene
por objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer
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arbitraria”.
A su vez, el citado precepto legal, impone a cada uno de los órganos de la
Administración del Estado, el deber de elaborar e implementar políticas destinadas
a garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de
sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República,
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vigentes.
En este orden de ideas, resulta pertinente comprender el sentido de la expresión
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dispone que:
“Para los efectos de esta ley, se entiende por discriminación arbitraria toda distinción,
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del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el
ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución
Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos
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en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica,
el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o
participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación
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personal y la enfermedad o discapacidad.
Jurisprudencia
Dirección del Trabajo

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