Derecho minero - Núm. 8, Noviembre 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 909455642

Derecho minero

AutorJerónimo Carcelén
Páginas36-37
Derecho
minero
Criterios ESG en la industria minera
Jerónimo Carcelén
La industria minera suele mostrar altos estándares de
seguridad laboral, protección ambiental y
transparencia financiera. Así, las empresas mineras
han liderado la implementación de los criterios ESG
(Medioambientales, sociales y de gobierno
corporativo), lo que ha tenido un impacto positivo en
sus resultados operacionales y financieros. De
acuerdo a un reciente estudio de PwC (Mine 2021), las
empresas mineras enfrentaron la crisis del COVID-19
con resiliencia y adaptación a un cambio que bien
gestionado puede convertirse en un catalizador para
un cambio de largo plazo.
En el ámbito regulatorio, con fecha 12 de
noviembre de 2021, la Comisión para el Mercado
Financiero emitió la Norma de Carácter General N°
461 (“NCG N°461”) que modifica la estructura y
contenido de la memoria anual de los emisores de
valores y reemplaza importantes materias de la
Norma de Carácter General N°30, que establece
normas de inscripción de emisores de valores de
oferta pública en el Registro de Valores. Así, las
empresas que forman parte de este registro deberán
hacerse referencia en sus memorias a las buenas
prácticas de gobierno corporativo que integren un
enfoque de sostenibilidad en los negocios, en
materias ambientales (en especial el cambio
climático), sociales y de respeto a los derechos
humanos. En la misma línea, deberán informarse las
directrices generales establecidas por el Directorio
sobre las políticas de gestión de riesgos,
especialmente operacionales, financieros, laborales,
ambientales, sociales y de derechos humanos, con
expresa mención a los estándares, nacionales o
internacionales, que se apliquen.
Así, los criterios ESG no pueden ser un mero
enunciado sino que tienen que formar parte esencial
del negocio, radicándose en los niveles más alto del
gobierno corporativo las definiciones estratégicas,
objetivos, acciones de planificación, procesos de
evaluación, presupuestos y equipos responsables.
Asimismo, estos compromisos estratégicos deben
adoptarse en el marco del cumplimiento de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones
Unidas u otros equivalentes.
jeronimo.carcelen@ppule
gal.com
En línea con tales compromisos, las empresas deberán
indicar si cuentan con políticas relativas a la
generación de un impacto positivo en distintos
objetivos de interés social, tales como respeto de los
derechos humanos, erradicación de la pobreza,
educación para terceros externos a la organización,
salud y nutrición, donaciones, voluntariado o becas
estudiantiles, entre otros.
En tiempos recientes, los criterios ESG sirvieron para
alinear las políticas de cuidado de la salud de los
trabajadores de la minería y de los miembros de las
comunidades durante la pandemia. Tal como lo señala
Mine 2021, estos criterios pueden convertirse en un
motor de creación de valor a largo plazo y la NCG
N°461 es una buena herramienta para sistematizar e
informar la implementación de estos criterios.

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