Estado de Derecho e interpretación de la ley - 3 de Enero de 2013 - El Mercurio - Noticias - VLEX 414122978

Estado de Derecho e interpretación de la ley

La reciente entrevista que dio a este diario el presidente de la Corte Suprema, Rubén Ballesteros, obliga a una reflexión sobre el funcionamiento de la judicatura. Frente a la pregunta de si hay o no garantismo en los jueces, su franca respuesta en orden a que "pudiera ser que hubiera algo de eso", plantea un punto preocupante, ya que más allá de opiniones o ideologías personales -por legítimas que sean-, la función esencial de los magistrados es la de aplicar la ley.

Un Estado de Derecho debe estar fundado en el respeto irrestricto de sus normas, y no en criterios subjetivos de algún sentenciador. Si bien las leyes pueden admitir diversas interpretaciones judiciales, ellas no pueden exceder el límite del sentido literal posible de las palabras empleadas por el legislador, ni puede pretenderse hacer calzar, muchas veces de forma forzada, criterios ideológicos que van más allá de la función que corresponde a un magistrado. Una interpretación que transgrediera dicho ámbito se coloca al margen de nuestro ordenamiento jurídico.

La percepción, más o menos generalizada, de que en ciertos ámbitos frente a un determinado hecho se pueda fallar de una forma u otra, dependiendo únicamente de quién es el que dicta la sentencia, atentaría contra el prestigio de la judicatura quitándole eficacia al derecho.

Por ello, les cabe a los tribunales superiores de justicia no sólo la tarea de crear jurisprudencia uniforme de acuerdo con una leal interpretación de la ley, sino que también la de sancionar estas malas prácticas que vulneran el principio de igualdad ante la ley, generan incerteza y dejan abierto el camino a las arbitrariedades.

Otro aspecto importante en el funcionamiento...

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