Denuncia por fijación de precio de reventa del hipoclorito de sodio, y otras prácticas, 23-12-2008
Fecha | 23 Diciembre 2008 |
Tipo de Asunto | Restricciones verticales |
/
025
FNE
15
SE1.
2010
1) La investigación iniciada con fecha 23 de diciembre de 2008 por esta Fiscalía,
por una supuesta fijación de precio de reventa en el mercado del hipoclorito de
sodio (NaCIO) y otras presuntas de prácticas anticompetitivas.
2) El informe conjunto de las Divisiones Jurídica y Económica, de fecha 24 de
agosto de 2010. Y,
1) Que el mercado del NaCIO se caracteriza por la presencia de un único
productor a nivel nacional, Occidental Chemical Chile Limitada (en adelante,
Occidental), y de cuatro distribuidores principales, Oxiquim, Química del Sur,
Multiquímica y Brenntag, los cuales adquirirían más del 70% de la producción.
2) Que, de acuerdo a lo analizado por esta Fiscalía, existen diferencias
significativas en los precios promedio de venta de los distribuidores, para un
mismo rango de volúmenes de compra.
3) Que, asimismo, no se percibe simultaneidad ni igualdad en las alzas de dichos
precios.
4) Que lo indicado hace descartar la existencia de una fijación de precios por
parte de Occidental a sus distribuidores, o de un comportamiento coordinado
de estos últimos.
5) Que, asimismo, cabe descartar la existencia de un tratamiento privilegiado
otorgado por Occidental a Clorox, empresa que adquiere el NaCIO para la
elaboración de productos propios, toda vez que entre ambas compañías existe
un contrato que garantiza una compra anual estimada, lo que constituiría una
causal objetiva de diferenciación en los precios otorgados, ya que provee de
cierto grado de estabilidad a las decisiones de inversión que efectúe
Occidental Chemical Chile Limitada.
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