Resolución núm. 177 EXENTA, publicada el 23 de Junio de 2012. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 61 EXENTA, DE 2004, Y FIJA NÚMERO MÁXIMO DE VARIANTES DENOMINADAS NOCTURNAS CON RELACIÓN AL TRAZADO TRONCAL DE SERVICIOS DE TAXIS COLECTIVOS QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469204842

Resolución núm. 177 EXENTA, publicada el 23 de Junio de 2012. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 61 EXENTA, DE 2004, Y FIJA NÚMERO MÁXIMO DE VARIANTES DENOMINADAS NOCTURNAS CON RELACIÓN AL TRAZADO TRONCAL DE SERVICIOS DE TAXIS COLECTIVOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 61 EXENTA, DE 2004, Y FIJA NÚMERO MÁXIMO DE VARIANTES DENOMINADAS NOCTURNAS CON RELACIÓN AL TRAZADO TRONCAL DE SERVICIOS DE TAXIS COLECTIVOS QUE INDICA

Núm. 177 exenta.- Concepción, 31 de mayo de 2012.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 85 de la ley Nº 18.290, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Justicia y Transportes y Telecomunicaciones; las leyes Nos 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana, y 20.580, que modifica la Ley de Tránsito; los artículos 1º y 9º del DS 212/1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; resolución exenta Nº 61, de 2004, de esta Secretaría Regional Ministerial; las solicitudes de las asociaciones gremiales Taxicol A.G. y Aprotac A.G. de mayo de 2012, y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que los servicios de locomoción colectiva de pasajeros y taxis deberán ajustarse, en su operación, a las normas que para los efectos determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  2. Que, con motivo de la entrada en vigencia de la ley Nº 20.580, texto legal que, entre otras modificaciones, aumenta las sanciones por conducción en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas y bajo la influencia del alcohol, se ha observado un aumento en la demanda de transporte colectivo público nocturno, en sus diversas modalidades.

  3. Que sobre la base de las disposiciones contenidas en la ley Nº 20.500, citada en el Visto, se han sostenido en esta Secretaría Regional Ministerial diversas reuniones, destinadas a que los interesados presenten solicitudes referentes a la operatividad de servicios urbanos nocturnos de locomoción colectiva, en especial mediante taxis colectivos.

  4. Que, producto de esas reuniones, se han efectuado consultas a los servicios de taxis colectivos de la ciudad de Concepción, representados a través de las asociaciones gremiales Taxicol A.G. y Aprotac A.G., las que agrupan a su vez la mayoría de los taxis colectivos que utilizan vías en la comuna de Concepción. Ambas entidades han canalizado peticiones de sus asociados a fin de modificar la normativa que los regula, para efectos de prestar adecuadamente servicio urbano de transporte público en horario nocturno, esto es, entre las 00:00 hrs. AM y las 05:59 AM de un mismo día.

  5. Que mediante resolución exenta Nº...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR