Decreto 193 EXENTO - DENIEGA SOLICITUD DE PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'TAIPICOLLO', PRESENTADA POR SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA COPIAPÓ, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657 - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239660746

Decreto 193 EXENTO - DENIEGA SOLICITUD DE PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'TAIPICOLLO', PRESENTADA POR SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA COPIAPÓ, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

DENIEGA SOLICITUD DE PRÓRROGA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA "TAIPICOLLO", PRESENTADA POR SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA COPIAPÓ, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

Núm. 193 exento.- Santiago, 5 de junio de 2009.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y su Reglamento, aprobado mediante decreto supremo Nº 32, de 22 de abril de 2004, y su modificación, dispuesta por decreto supremo Nº 224, de 4 de diciembre de 2008, ambos del Ministerio de Minería; decreto supremo Nº 15, de fecha 19 de enero de 2007, del Ministerio de Minería, que otorgó a Minera Copiapó S.A. la concesión de exploración de energía geotérmica, denominada "Taipicollo", publicado en el Diario Oficial el día 5 de julio de 2007; el Acta de la Junta General Extraordinaria de Minera Copiapó S.A., celebrada el día 23 de abril de 2007, reducida a escritura pública en la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ante el Notario Titular, don Enrique Tornero Figueroa, con fecha 18 de mayo de 2007, bajo el Repertorio Nº 1.668; informes de avances presentados por la empresa concesionaria, de fechas 1 de abril de 2008 y 31 de marzo de 2009; la solicitud de prórroga presentada con fecha 9 de diciembre de 2008, por la Sociedad Contractual Minera Copiapó; el informe elaborado por la Unidad Técnica de Geotermia y Contratos Especiales de Operación de Hidrocarburos (CEOP) del Ministerio de Minería, de fecha 23 de febrero de 2009; el Acta de Acuerdo del Comité de Análisis de Energía Geotérmica, de fecha 2 de abril de 2009; el decreto supremo Nº 131, de 26 de diciembre de 2002, del Ministerio de Minería, que faculta al Ministro de Minería a firmar "Por orden del Presidente de la República" en materia de Concesiones de Energía Geotérmica, y la resolución Nº1.600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que el Ministerio de Minería, con fecha 19 de enero de 2007, mediante decreto supremo Nº 15, adjudicó y otorgó a la empresa Minera Copiapó S.A. la concesión de exploración de energía geotérmica, denominada "Taipicollo", ubicada en la Primera Región de Tarapacá, Provincia de Iquique, Comuna de Colchane, en virtud de la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica, basándose en el proyecto de exploración de energía geotérmica presentado en la oferta técnica acompañada por dicha empresa en el marco del proceso de licitación llevado a cabo para el otorgamiento de la...

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