Delince Sael - Metalfec SpA - 15 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 928739918

Delince Sael - Metalfec SpA

Fecha de publicación15 Abril 2023
Número de registroCVE-2299397
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.527
CVE 2299397 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.527 | Sábado 15 de Abril de 2023 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2299397
NOTIFICACIÓN
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en
causa RIT: O-6325-2021, RUC: 21-4-0365557-8, demandante DELINCE SAEL, cédula de
identidad N° 26.562.725-0, demandado DEMANDADO 1: Metalfec SpA. RUT N°
76.950.805-8, REPRESENTANTE LEGAL: Felipe Chacón Hidalgo RUT N° 7.985.070-5
DEMANDADO 2: Felipe Chacón Hidalgo RUT N° 7.985.070-5 DEMANDADO SOLIDARIO
1: Pabellón de La Construcción S.A., RUT N° 76.009.942-2 REPRESENTANTE LEGAL: Juan
Carlos Encina Undurragada, RUT N° 10.203.020-6 DEMANDADO SOLIDARIO 2:
Constructora Almahue S.A., RUT N° 76.116.237-3 REPRESENTANTE LEGAL: Víctor Manuel
Wood Cienfuego, RUT N° 9.580.366-0, por las acciones de Despido sin causa legal, nulidad del
despido, subcontratación, y cobro de prestaciones, se fijó Audiencia Preparatoria para el día 9 de
mayo de 2023 a las 9:40 horas, ella se celebrará bajo la modalidad de video conferencia en
plataforma Zoom, ordenado por resolución fecha veintiocho de marzo de dos mil veintitrés,
desde la cual, el día fijado para la audiencia, podrá presionar el link que se adjunta a dicha
providencia, para acceder a la agenda de ese día y donde podrá encontrar y acceder a su sala
virtual. La totalidad de los antecedentes se encuentran disponibles en carpeta digital de la causa,
en el portal web del Poder Judicial. Se agrega la siguiente resolución solo para efectos de dar
cumplimiento al artículo 439 del Código del Trabajo. Santiago, veintiocho de marzo de dos mil
veintitrés. A la solicitud de notificación por avisos: Como se pide, y atendido a que se ha tratado
infructuosamente de notificar en el domicilio señalado tanto por la parte demandante, así como
en los señalados por distintas instituciones, y no existiendo más domicilios registrados en la base
de datos del Tribunal y verificándose los presupuestos previstos por el artículo 439 del Código
del Trabajo, se ordena la notificación de la demandada PABELLÓN DE LA CONSTRUCCIÓN
S.A., RUT N° 76.009.942-2, tanto del libelo de demanda y su proveído, conjuntamente con la
presente resolución, mediante publicación de un aviso en el Diario Oficial, de acuerdo a extracto
que redacte el ministro de fe del Tribunal. Al tenor de lo resuelto precedentemente, cítese a las
partes a una audiencia preparatoria, para el día 9 de mayo de 2023 a las 9:40 horas. Téngase por
autorizadas, desde luego, a las partes para litigar telemáticamente en los términos del artículo
427 bis del Código del Trabajo. Para estos efectos, la audiencia se desarrollará por medio de la
plataforma Zoom, sin perjuicio de la facultad de comparecer de manera presencial a
dependencias del Tribunal; debiendo informar, dentro de quinto día de notificada la presente
resolución, esta última circunstancia. El día fijado para la audiencia, presione el link que se
adjunta a continuación para acceder a la agenda de ese día, donde podrá encontrar y acceder a su
sala virtual. La audiencia preparatoria -por videoconferencia -se celebrar con las partes que
asistan el día y hora señalados, afectándole a la que no concurra, todas las resoluciones que se
dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Las partes deberán presentar a través de la
Oficina Judicial Virtual la prueba documental debidamente digitalizada en formato pdf y minuta
de toda la prueba que ser ofrecida. Para tales efectos se fija un plazo judicial de cinco días
hábiles de anticipación a la audiencia, en los términos del artículo 435 inciso final del Código del
Trabajo. En esta audiencia las partes deberán señalar todos los medios de prueba que pretendan
hacer valer en la audiencia oral de juicio, como así también requerir las diligencias de prueba
atinentes a sus alegaciones, a fin de examinar su admisibilidad, aportando en dicha oportunidad
correo electrónico de la institución a la cual se pretende oficiar. En caso de presentar prueba
documental, y atendida la actual modalidad de trabajo del tribunal, se insta a las partes a
digitalizar la prueba documental que hayan de ofrecer a fin de propiciar la gestión de la audiencia
vía plataforma zoom, en su oportunidad. El demandado deberá contestar la demanda por escrito,
con a lo menos cinco días hábiles de antelación (completos), a la fecha de celebración de la
audiencia preparatoria, la que tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que
no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación.
Ante la eventual presentación de testigos, los abogados deberán aportar los domicilios o correos

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