Resolución núm. 2624 EXENTA, publicada el 22 de Diciembre de 2011. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN (E) N°1.801, DE 2010, DEL VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DE CORFO Y APRUEBA NUEVO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES-PDP
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN (E) N°1.801, DE 2010, DEL VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DE CORFO Y APRUEBA NUEVO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES-PDP
Santiago, 20 de diciembre de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.624 exenta.- Visto:
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El Acuerdo de Consejo N° 2.682, de 23 de junio de 2011, que aprobó las normas que regularán el Sistema de Fomento a la Calidad y a la Productividad, donde, entre otras materias, se definen los Programas de Desarrollo de Proveedores - PDP, el que, además, faculta al Vicepresidente Ejecutivo de CORFO para adecuar los distintos Reglamentos existentes a los términos del citado Acuerdo, dictar textos refundidos, coordinados o sistematizados, y efectuar sus modificaciones cuando lo estime conveniente.
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La resolución (E) N° 2.352, de 29 de noviembre de 2011, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, que ejecuta, parcialmente, el Acuerdo individualizado en el Visto anterior.
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La resolución (E) N° 1.801, de 2010, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, que aprueba el texto refundido del Reglamento del Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP.
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La necesidad de efectuar cambios al Programa, adecuándolo a los requerimientos de los clientes y dinamizando su funcionamiento, para lo cual se reduce el nivel de ventas exigido para la Empresa Demandante, se disminuye el número mínimo de Empresas Proveedoras y se ajustan los montos máximos de aporte de CORFO.
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Que, con el objeto de transparentar aún más sus procesos, se ha ampliado sustancialmente la información respecto a sus procesos internos, describiendo las diversas etapas que deben cumplir los proyectos, desde su postulación hasta su ejecución y cierre.
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Que las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales.
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Las facultades que me otorga el Acuerdo citado en el Visto N° 1, el Reglamento General de la Corporación, aprobado por decreto N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía, y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Resuelvo:
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Déjase sin efecto la resolución (E) N° 1.801, de 2010, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, que aprobó el Reglamento del Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP.
Sin perjuicio de lo anterior, los proyectos que se encuentren en ejecución o cuya iniciativa haya sido enviada por el Agente Operador Intermediario a Formulación previo a la publicación del presente Reglamento en el Diario Oficial, seguirán rigiéndose por el Reglamento vigente en dicho momento.
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Apruébase el Nuevo Reglamento del Programa de Desarrollo de Proveedores, en adelante también denominado "PDP", cuyo texto es del siguiente tenor:
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DESARROLLO DE PROVEEDORES – PDP
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CARACTERÍSTICAS GENERALES
1.1. Objeto
El objeto de este Programa es apoyar el diagnóstico, preparación y desarrollo de proyectos de empresas que tengan como finalidad el mejoramiento de la calidad y productividad de sus empresas proveedoras.
A través de este Programa se apoya a una empresa, denominada Demandante, con una estrategia de desarrollo, y en cuyo proyecto deberá participar un mínimo de 10 empresas Proveedoras, pertenecientes al sector silvoagropecuario y 5 empresas del sector manufacturero, servicios industriales y/u otros.
Los objetivos específicos son los siguientes:
. Determinar las brechas de las empresas Proveedoras y los requerimientos de la empresa Demandante, en relación al nuevo escenario que se desea alcanzar, junto con establecer los estándares, niveles y/o condiciones que se deben cumplir para su satisfacción.
. Desarrollar acciones que permitan minimizar las brechas de las empresas Proveedoras para alcanzar el escenario deseado, a través de mejoras a la cadena productiva.
1.2. Etapas y plazos
Un PDP podrá constar de dos etapas: Etapa de Diagnóstico y Etapa de Desarrollo.
. Etapa de Diagnóstico: Consiste en un conjunto de actividades necesarias para determinar las brechas del grupo de empresas Proveedoras y validar los requerimientos de la empresa Demandante, en relación al nuevo escenario que desea alcanzar. En base a lo anterior, se diseñará un Plan de Trabajo que permita alcanzar las metas definidas. La duración de esta Etapa no podrá superar a los seis meses y para su ejecución deberá contratarse un consultor. El resultado del diagnóstico tendrá una vigencia de dos años.
. Etapa...
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