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Decreto núm. 843, publicado el 09 de Octubre de 1991. DEFINE LOCALIDADES PARA EFECTOS DEL PAGO DE VIATICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DEFINE LOCALIDADES PARA EFECTOS DEL PAGO DE VIATICOS

Núm. 843.- Santiago, 24 de Septiembre de 1991.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 3° del decreto de Hacienda N° 262, de 4 de abril de 1977.

Decreto:

Artículo único

Constituirán una misma localidad, para los efectos del pago de viáticos, los siguientes conglomerados urbanos y suburbanos inmediatamente adyacentes:

EN LA IV REGION Las comunas de la Serena y Coquimbo, a excepción de las localidades de Tongoy y Guanaqueros de la comuna de Coquimbo.

Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Alejandro Foxley Rioseco, Ministro...

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