Decreto 62 - OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CONVERGIA TELECOM S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239568470

Decreto 62 - OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CONVERGIA TELECOM S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CONVERGIA TELECOM S.A.

Santiago, 12 de mayo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 62.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 484, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Voz sobre Internet.

    Considerando:

  5. Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 47.351 de 09.10.2008.

  6. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de otorgamiento de la concesión,

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet, a la empresa Convergia Telecom S.A., RUT Nº 99.574.360-4, con domicilio en Evaristo Lillo Nº 112, piso 3, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar el servicio público de Voz sobre Internet como a continuación se indica.

      Instalar, operar y explotar un nodo ubicado en Santa Marta de Huechuraba Nº 6591, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana.

      El servicio se suministrará mediante facilidades arrendadas a terceros debidamente autorizados. La zona de servicio corresponde al Territorio Nacional.

    2. Los plazos serán los que se indican a continuación

      Inicio Término Inicio Observación

      Obras Obras Servicio

      14 meses 22 meses 24 meses Todos estos plazos

      están referidos a la

      fecha de publicación

      en el Diario Oficial

      del presente

      decreto.

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria conforme a las disposiciones técnico legales que...

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