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Decreto Ley 1598 - APRUEBA PLANTA DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto Ley

APRUEBA PLANTA DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION

Santiago, 17 de Noviembre de 1976.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.598.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 40, de 1973, y 249 y 527, de 1974, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1°

Apruébase la Planta que regirá para la Corporación de Fomento de la Producción a contar desde el 1° de Junio de 1976, y fíjase, a contar desde la misma fecha, la siguiente designación de cargos, su número y ubicación en la Escala Unica:

PLANTA DIRECTIVA

N° cargos Cargos Grado E.U.

1 Vicepresidente Ejecutivo 2

1 Fiscal 3

1 Gerente General 3

1 Secretario Ejecutivo Comité de

Inversiones Extranjeras 3

1 Abogado Jefe (Gerente) 4

5 Gerentes "A" 4

1 Gerente "B" 4

1 Gerente Administrativo 4

1 Gerente Oficina Nueva York 4

1 Prosecretario Ejecutivo Comité

de Inversiones Extranjeras 4

1 Coordinador General Comité de

Inversiones Extranjeras 4

9 Subgerentes 4

1 Subgerente Oficina Nueva York 4

1 Subgerente Oficina Ginebra 4

1 Secretario Regional 4

7 Directores Regionales "A" 4

4 Asesores Vicepresidencia Ejecutiva 4

17 Jefes de Departamento 5

1 Jefe Departamento Oficina Nueva York 5

5 Directores Regionales "B" 5

1 Secretario Ejecutivo Comisión

Automotriz 5

3 Agentes Provinciales "A" 5

58 Jefes de División 5

1 Jefe de Gabinete 5

10 Agentes Provinciales "B" 6

2 Asesores Ejecutivos Oficina Nueva York 6

El Gerente "B" tendrá entre otras funciones y obligaciones las indicadas en el artículo 22 del decreto supremo N° 360, de 1945, del ex Ministerio de Economía y Comercio.

El personal de la Planta Directiva de la Corporación, con la sola excepción de los cargos de Vicepresidente Ejecutivo, Fiscal y Secretario Ejecutivo Comité de Inversiones Extranjeras, será nombrado o encasillado libremente por el Vicepresidente Ejecutivo.

PLANTA PROFESIONAL

Escalafón Profesionales 1

N° cargos Cargos Grado E.U.

58 Profesionales 1 6

43 Profesionales 1 7

44 Profesionales 1 8

13 Profesionales 1 9

10 Profesionales 1 10

11 Profesionales 1 11

1 Profesional 1 12

Este escalafón estará integrado por los siguientes profesionales: Abogados, Arquitectos, Médicos Veterinarios, Ingenieros Civiles, Ingenieros Comerciales e Ingenieros Agrónomos, los cuales se ubicarán dentro de las posiciones relativas de la Escala Unica de Sueldos, que a cada una de ellas corresponda.

A medida que se produzcan vacantes en este escalafón, se realizarán las siguientes conversiones:

- 18 cargos del grado 6° se transformarán en: 5 cargos grado 12°, 5 cargos grado 13° y 8 cargos grado 14° de este escalafón, respectivamente, los que, por efecto de estas conversiones se entenderán creados por el solo ministerio de la ley. Para proveer los referidos cargos grado 14°, se requerirá que el funcionario tenga, a lo menos, un año de experiencia en la respectiva profesión.

Escalafón Profesionales 2

N° cargos Cargos Grado E.U.

3 Profesionales 2 6

7 Profesionales 2 8

2 Profesionales 2 9

1 Profesional 2 10

2 Profesionales 2 11

1 Profesional 2 13

1 Profesional 2 16

Este escalafón estará integrado por los siguientes profesionales: Administradores Públicos, Contadores Auditores y Geólogos, los cuales se ubicarán dentro de las posiciones relativas de la...

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