Decreto núm. 128, publicado el 07 de Diciembre de 1978. OTORGA CONCESIÓN DE DE RADIODIFUSIÓN PARA CAUQUENES - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470685202

Decreto núm. 128, publicado el 07 de Diciembre de 1978. OTORGA CONCESIÓN DE DE RADIODIFUSIÓN PARA CAUQUENES

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN PARA CAUQUENES

Santiago, 10 de Octubre de 1978.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 128.- Vistos:

  1. El artículo 48° del DFL. N° 4, de 1959 (Interior);

  2. El artículo 6°, letra g), del D.L. N° 1.762, de 1977;

  3. El artículo 1° de la ley N° 16.436;

  4. El N° 9 de la resolución N° 600, de 1977, de la Contraloría General de la República;

  5. Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones,

Decreto:

  1. - Otórgase a la sociedad Nueva Radioemisora Maule de Cauquenes Limitada, en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Servicios Eléctricos y en sus Reglamentos, por un plazo de treinta años, contados desde la publicación de este decreto en el Diario Oficial, una concesión para establecer y operar en la ciudad de Cauquenes una estación radiodifusora con las características fijadas en este decreto, sin perjuicio del derecho de terceros legalmente adquirido. La concesión quedará, además, sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

  2. - Quedan comprendidos en la presente concesión los bienes afectos a ella, equipos transmisores, sistemas irradiantes, equipos de estudios y todos los elementos o accesorios necesarios para su funcionamiento y explotación.

  3. - Las características técnicas serán las siguientes:

    I DEL TRANSMISOR PRINCIPAL

    - Potencia : 1.000 watts.

    - Frecuencia : 1.420 KHz.

    - Señal distintiva : CC-142.

    - Categoría : Segunda.

    II DEL ENLACE ESTUDIO-PLANTA

    - Potencia : 15 watts.

    - Frecuencia : 318.000 MHz.

    - Desviación máxima : + 75 KHz.

    El Presidente de la República, previo informe de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (en adelante la Subsecretaría), podrá disponer que el concesionario modifique estas características por razones de orden técnico, de interés público o en cumplimiento de acuerdos o convenios internacionales obligatorios para el Estado, sin que por ello el concesionario pueda formular reclamo alguno.

  4. - Apruébanse los planos y memorias descriptivas de la radiodifusora, y cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 270.500. La documentación quedará archivada en la Subsecretaría, sin perjuicio de la obligación del concesionario de presentar nuevos planos y memorias descriptivas en caso de modificaciones futuras o antes de proceder a solicitar la recepción de las obras e instalaciones de la concesión de que trata este decreto.

  5. - Fíjase un plazo de...

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