Decreto 412 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE CALERA DE TANGO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241739338

Decreto 412 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

EmisorMUNICIPALIDAD DE CALERA DE TANGO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Calera de Tango, 20 de mayo de 2005.- Esta Alcaldía decreta hoy lo que sigue:

Núm. 412.- Vistos y considerando:

  1. - El decreto alcaldicio Nº 15 de fecha 7 de enero de 2004, que aprueba Ordenanza Municipal de Derechos Municipales;

  2. - El memorando Nº 114 de 9 de mayo de 2005, suscrito por la Dirección de Administración y Finanzas;

  3. - El acuerdo del Honorable Concejo Municipal Nº 419 adoptado en sesión ordinaria de Concejo Nº 368 de fecha 19 de mayo de 2005;

  4. - La sentencia de proclamación, de fecha 1 de diciembre de 2004, pronunciada por el Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana;

  5. - Las facultades que me otorga la ley Nº 18.695 "Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades" y sus modificaciones vigentes,

    Decreto:

  6. - Modifíquese la Ordenanza Municipal de Derechos Municipales en el siguiente sentido.

  7. - Cámbiese el numeral 12 del artículo 13 por el siguiente:

    Bien Nacional de Uso Público 0,5 U.T.M más 10%

    U.T.M por m² y por Nº de días)

  8. - Incorpórese los numerales 10, 11 y 12 al artículo 23:

    1. - Certificado de Avalúo Exento 0,02 U.T.M.

    2. - Certificado de Avalúo Afecto 0,04 U.T.M.

    3. - Certificado Especial 0,06 U.T.M.

  9. - Reemplácese el Título XIV por el siguiente:

    "Derechos relativos a higiene ambiental, Zoonosis y Servicios Veterinarios"

Artículo 28
  1. - Cirugías:

    1. Esterilizaciones:

      a.1 Animales domésticos hasta 25

      kilogramos de peso 34% U.T.M.

      a.2 Animales domésticos por sobre

      25 kilogramos de peso 50% U.T.M.

    2. Cirugías mayores 34% U.T.M.

    3. Cirugías menores 17% U.T.M.

  2. - Atenciones Primarias:

    1. Tratamiento antisarna una dosis 4% U.T.M.

    2. Tratamiento antibiótico

      o antiinflamatorio una dosis 4% U.T.M.

    3. Vacuna antirrábica una dosis 4% U.T.M.

    4. Vacuna séxtuple una dosis 8% U.T.M.

    5. Tratamiento

      neoplasias una dosis 10% U.T.M.

      1. - Créese el Título XV que contempla las disposiciones contenidas en el antiguo título XIV:

      "Disposiciones Generales"

Artículo 29

En casos muy calificados, el Alcalde podrá rebajar o eximir los derechos señalados en los títulos V, VI, VII, VIII, IX y XIII, siempre que beneficien a sectores sociales y culturales.

Artículo 30

Esta ordenanza entrará en vigencia a partir de la...

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