Decreto número 9T, de 2020.- Modifica decreto N° 7T, de 2017, que fija derechos y condiciones de ejecución y explotación de la obra nueva denominada: Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte 220 kV; nueva línea 2x220 entre S/E Nueva Pozo Almonte - Pozo Almonte, tendido del primer circuito; nueva línea 2x220 kV entre S/E Nueva Pozo Almonte - Cóndores, tendido del primer circuito, y nueva línea 2x220 kV entre S/E Nueva Pozo Almonte - Parinacota, tendido del primer circuito, perteneciente al Sistema de Transmisión Nacional a empresa adjudicataria que indica - 10 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852417216

Decreto número 9T, de 2020.- Modifica decreto N° 7T, de 2017, que fija derechos y condiciones de ejecución y explotación de la obra nueva denominada: Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte 220 kV; nueva línea 2x220 entre S/E Nueva Pozo Almonte - Pozo Almonte, tendido del primer circuito; nueva línea 2x220 kV entre S/E Nueva Pozo Almonte - Cóndores, tendido del primer circuito, y nueva línea 2x220 kV entre S/E Nueva Pozo Almonte - Parinacota, tendido del primer circuito, perteneciente al Sistema de Transmisión Nacional a empresa adjudicataria que indica

Número de registroCVE-1812727
Fecha de publicación10 Septiembre 2020
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta42.753
CVE 1812727 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.753 | Jueves 10 de Septiembre de 2020 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 1812727
MINISTERIO DE ENERGÍA
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 7T, DE 2017, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA,
QUE FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA
OBRA NUEVA DENOMINADA: "SUBESTACIÓN SECCIONADORA NUEVA POZO
ALMONTE 220 KV; NUEVA LÍNEA 2X220 ENTRE S/E NUEVA POZO ALMONTE -
POZO ALMONTE, TENDIDO DEL PRIMER CIRCUITO; NUEVA LÍNEA 2X220 KV
ENTRE S/E NUEVA POZO ALMONTE - CÓNDORES, TENDIDO DEL PRIMER
CIRCUITO; Y NUEVA LÍNEA 2X220 KV ENTRE S/E NUEVA POZO ALMONTE -
PARINACOTA, TENDIDO DEL PRIMER CIRCUITO", PERTENECIENTE AL
SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A EMPRESA ADJUDICATARIA QUE
INDICA
Núm. 9T.- Santiago, 14 de julio de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos
que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, en adelante e indistintamente
"Ley N° 19.880" o "LBPA"; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que
crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley
N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982,
Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e
indistintamente "Ley General de Servicios Eléctricos" o "LGSE"; en el decreto exento N° 373,
de 2016, del Ministerio de Energía, que fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión
Troncal para los doce meses siguientes, en adelante e indistintamente el "decreto N° 373/2016";
en la resolución exenta N° 567, de 2016, de la Comisión Nacional de Energía, en adelante e
indistintamente la "CNE", que aprueba bases de licitación de las obras nuevas contempladas en
el decreto Nº 373, de 2016, del Ministerio de Energía, que fija el Plan de Expansión del Sistema
de Transmisión Troncal, periodo 2015-2016; modificada por las resoluciones exentas Nº 671, y
888, ambas de 2016, y Nº 100, de 2017, todas de la Comisión Nacional de Energía, en adelante e
indistintamente las "Bases" o las "Bases de Licitación"; en el decreto supremo N° 7T, de 2017,
del Ministerio de Energía, que fija derechos y condiciones de ejecución y explotación de la obra
nueva denominada: "Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte 2x220 kV; Nueva Línea
2x220 kV entre S/E Nueva Pozo Almonte - Pozo Almonte, tendido del primer circuito; Nueva
Línea 2x220 kV entre S/E Nueva Pozo Almonte - Cóndores, tendido del primer circuito; y
Nueva Línea 2x220 kV entre S/E Nueva Pozo Almonte - Parinacota, tendido del primer
circuito", perteneciente al Sistema de Transmisión Nacional a empresa adjudicataria que indica,
en adelante e indistintamente el "Decreto Nº 7T/2017; en la resolución ministerial exenta Nº
6/2020, de 26 de junio de 2020, del Ministerio de Energía, que acoge solicitud de declaración de
fuerza mayor o caso fortuito relativo a la entrada en operación de la etapa 1 correspondiente a la
"Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte 220 kV", del proyecto que indica, en adelante e
indistintamente la "resolución exenta N° 6/2020"; en la resolución N° 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 99 y siguientes de la Ley General de
Servicios Eléctricos, en su texto vigente antes de la dictación de la Ley N° 20.936, esta

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