Decreto número 99, de 2021.- Extiende vigencia del decreto Nº 102, de 2020, que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV)
Número de registro | CVE-1937308 |
Fecha de publicación | 30 Abril 2021 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Número de Gaceta | 42.943 |
CVE 1937308 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.943 | Viernes 30 de Abril de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1937308
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
EXTIENDE VIGENCIA DEL DECRETO SUPREMO N° 102, DE 2020, DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE DISPONE EL CIERRE
TEMPORAL DE LUGARES HABILITADOS PARA EL INGRESO Y EGRESO DE
EXTRANJEROS, POR EMERGENCIA DE SALUD PÚBLICA DE IMPORTANCIA
INTERNACIONAL (ESPII) POR BROTE DEL NUEVO CORONAVIRUS (2019-NCOV)
Núm. 99.- Santiago, 28 de abril de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, especialmente en sus
Generales de la Administración del Estado, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado
por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia; en los artículos 3º y 15 Nº 5 del decreto ley Nº 1.094, de 1975, que establece normas
sobre extranjeros en Chile; en el decreto supremo Nº 597, de 1984, del Ministerio del Interior,
que aprueba el Reglamento de Extranjería; en el artículo 57 del decreto con fuerza de ley Nº 725,
de 1967, del ex Ministerio de Salud Pública, que aprueba el Código Sanitario; en el Reglamento
Sanitario Internacional, promulgado a través del decreto supremo Nº 230, de 2008, del Ministerio
de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo Nº 263, de 1986, del Ministerio de Salud
Pública, que aprueba Reglamento de Sanidad Marítima, Aérea y de las Fronteras; en el decreto
supremo Nº 369, de 2017, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento para el
transporte aéreo de personas con discapacidad, con movilidad reducida, orgánicamente
descompensadas, agónicas o inconscientes; en el decreto supremo Nº 172, de 1977, del
Ministerio de Relaciones Exteriores, que sustituye texto del Reglamento Consular; en el decreto
supremo N° 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dispone cierre
temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por emergencia de salud
pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV),
cuya vigencia fue extendida por los decretos N°s. 116, 180, 181, 186, 191, 199, 202, 205, 240,
254, 259, 273, 283, 288, 290, 292, 311, 319, 344, 399, 435, 455, 482, 500, 560, 645 y 656, de
2020 y N°s. 11, 26, 41, 67, 71, 79 y 82, de 2021, todos del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública; el decreto supremo N° 104, de 2020, que declara Estado de Excepción Constitucional de
Catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, y sus prórrogas mediante decretos
supremos N°s. 269, 400 y 646, todos de 2020, y Nº 72, de 2021, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública; en el decreto supremo N° 107, de 2020, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica; el
decreto supremo N° 76, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que extiende
vigencia del decreto supremo N° 107, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica; la resolución exenta
N°997, de 2020, del Ministerio de Salud, que dispone medidas sanitarias para el ingreso al país
por brote de COVID-19, y sus modificaciones; en la resolución exenta N° 43, de 2021, del
Ministerio de Salud, que dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19 y
establece un nuevo plan “paso a paso”, y sus modificaciones; y en la resolución Nº 7, de 2019, de
la Contraloría General de la República.
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