Decreto número 98, de 2021.- Modifica decreto Nº 625, de 2015, que establece Plan Especial de Desarrollo de la provincia de Palena y la comuna de Cochamó de la Región de Los Lagos - 12 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878045245

Decreto número 98, de 2021.- Modifica decreto Nº 625, de 2015, que establece Plan Especial de Desarrollo de la provincia de Palena y la comuna de Cochamó de la Región de Los Lagos

Número de registroCVE-2027556
Fecha de publicación12 Noviembre 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.101
CVE 2027556 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.101 | Viernes 12 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2027556
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 625, DE 2015, DEL MINISTERIO DEL
INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE ESTABLECE PLAN ESPECIAL DE
DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE PALENA Y LA COMUNA DE COCHAMÓ DE
LA REGIÓN DE LOS LAGOS, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Núm. 98.- Santiago, 27 de abril de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º inciso quinto, 3º, 24 y 32 Nº 6, así como en el Capítulo XIV
de la Constitución Política de la República; en los artículos 2º letra j), 13, 14, 16 y 20 letra e) del
decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y
Administración Regional; en el artículo primero transitorio de la ley Nº 21.073; en el artículo
séptimo transitorio de la ley Nº 21.074; en los artículos 3º, 5º y 69 del decreto con fuerza de ley
Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases
Generales de la Administración del Estado; en los artículos 2º y 4º del decreto con fuerza de ley
Nº 1/18.359, de 1985, del Ministerio del Interior, que traspasa y asigna funciones a la
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; en el decreto supremo Nº 625, de 2015,
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto supremo Nº 1.012, de 2016, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y en las resoluciones N°s. 7 de 2019 y 16 de 2020,
ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, es deber de los órganos del Estado promover el fortalecimiento de la regionalización
y el desarrollo de los territorios de modo armónico y equitativo;
2. Que, las funciones de gobierno y administración se encuentran radicadas en Chile en el
Presidente de la República;
3. Que, los gobiernos regionales deben velar por el desarrollo económico, social y cultural
de la región respectiva;
4. Que, es necesario que los diversos territorios que conforman el Estado alcancen niveles
de desarrollo que permitan a sus habitantes la máxima realización material y espiritual posible;
5. Que, el desarrollo económico, social y cultural del Estado requiere de estructuras
institucionales descentralizadas que permitan satisfacer debidamente las necesidades de la
población;
6. Que, las regiones del país ubicadas en sus extremos geográficos requieren de políticas
públicas especiales que faciliten su desarrollo;
7. Que, se hace necesario en las regiones contar con herramientas de inversión que apoyen,
fortalezcan e incentiven la reactivación económica de las mismas;
8. Que, mediante decreto supremo Nº 625, de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, se estableció el Plan Especial de Desarrollo de la Provincia de Palena y la comuna de

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