Decreto número 95, de 2022.- Aprueba Reglamento que determina la forma en que se realiza la carga, transporte y descarga de minerales y concentrados de minerales, como también las obligaciones del generador de la carga en tal procedimiento - 4 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 940517316

Decreto número 95, de 2022.- Aprueba Reglamento que determina la forma en que se realiza la carga, transporte y descarga de minerales y concentrados de minerales, como también las obligaciones del generador de la carga en tal procedimiento

Número de registroCVE-2355435
Fecha de publicación04 Agosto 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.619
CVE 2355435 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.619 | Viernes 4 de Agosto de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2355435
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Transportes
APRUEBA REGLAMENTO QUE DETERMINA LA FORMA EN QUE SE REALIZA LA
CARGA, TRANSPORTE Y DESCARGA DE MINERALES Y CONCENTRADOS DE
MINERALES, COMO TAMBIÉN LAS OBLIGACIONES DEL GENERADOR DE LA
CARGA EN TAL PROCEDIMIENTO
Núm. 95.- Santiago, 13 de junio de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en el N° 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República; en el
decreto con fuerza de ley N° 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determina
organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el decreto con fuerza de ley
N° 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas sobre atribuciones del Ministerio
de Economía en materia de transportes y reestructuración de la Subsecretaría de Transportes; en
el DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la ley
18.059, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de
organismo rector nacional de tránsito y le señala atribuciones; en la Ley N° 19.880, que establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en el decreto ley N° 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que
crea el Ministerio de Transportes; en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado N° 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue
fijado por el DFL N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en
la ley N° 21.425, que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, con el objeto de fortalecer la
regulación de transporte, carga y descarga de minerales y de concentrados de minerales; en el
decreto supremo N° 75, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que
establece condiciones para el transporte de cargas que indica; en el decreto supremo N° 298, de
1994, que reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones, en la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente; en la ley N° 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la
Superintendencia del Medio Ambiente; en la ley N° 18.248, Código de Minería; en la ley
N° 18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; en la ley N° 20.551, que regula
el cierre de faenas e instalaciones mineras; en el decreto con fuerza de ley N° 302, de 1960, del
Ministerio de Hacienda, que aprueba Disposiciones Orgánicas y Reglamentarias del Ministerio
de Minería; en el decreto ley N° 3.525, de 1980, que Crea el Servicio Nacional de Geología y
Minería; en el decreto supremo N° 132, de 2002, del Ministerio de Minería, que aprueba
reglamento de seguridad minera y en el decreto supremo N° 30, de 2021, del Ministerio de
Minería, que reemplaza su Título XV por un nuevo texto normativo; en la resolución N° 7, de
2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de
Toma de Razón; y en las demás normas aplicables.
Considerando:
1° Que, con fecha 15 de febrero de 2022, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.425,
que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, con el objeto de fortalecer la regulación de
transporte, carga y descarga de minerales y de concentrados de minerales.
2° Que, dicha ley tiene por objeto regular la carga, transporte y descarga de minerales y
concentrado de minerales, así como también establecer infracciones por el incumplimiento de

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