Decreto número 90, de 2023.- Aprueba el nuevo reglamento que fija la Política Nacional sobre Zonas Rezagadas en Materia Social y deja sin efecto el decreto Nº 975, de 2018 - 6 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 942442218

Decreto número 90, de 2023.- Aprueba el nuevo reglamento que fija la Política Nacional sobre Zonas Rezagadas en Materia Social y deja sin efecto el decreto Nº 975, de 2018

Número de registroCVE-2372087
Fecha de publicación06 Septiembre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.646
CVE 2372087 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.646 | Miércoles 6 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 15
Normas Generales
CVE 2372087
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO QUE FIJA LA POLÍTICA NACIONAL SOBRE
ZONAS REZAGADAS EN MATERIA SOCIAL Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO
SUPREMO Nº 975, DEL AÑO 2018, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y
SEGURIDAD PÚBLICA
Núm. 90.- Santiago, 6 de marzo de 2023.
Vistos:
La facultad otorgada en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República, cuyo
texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el decreto supremo Nº 100, del año
2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 20.502, que crea el
Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y modifica diversos cuerpos legales; lo
dispuesto en la letra i) del artículo 17 de la ley Nº 19.175 , orgánica constitucional de Gobierno y
Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue
fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175, del año 2005, del entonces Ministerio del
Interior; en el decreto supremo Nº 975, del año 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, que aprueba el reglamento que fija la Política Nacional sobre Zonas Rezagadas en
Materia Social; y lo señalado en las resoluciones Nº 7, del año 2019, y 14, del año 2022, ambas
de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que el Estado debe promover el igual acceso de oportunidades de las personas que
habitan el territorio nacional, así como la integración armónica de todos los sectores, a través de
la descentralización. En dicho marco, debe promover la regionalización del país y el desarrollo
territorial integral e inclusivo.
2. Que existen importantes brechas de desarrollo entre los distintos territorios del país,
considerando variados factores, lo que conlleva problemas económicos y sociales particulares
para sus habitantes.
3. Que en tales territorios se requieren políticas públicas focalizadas que permitan a las
personas alcanzar una mejor calidad de vida de manera integral y satisfacer adecuada y
oportunamente sus necesidades.
4. Que, por su parte, los gobiernos regionales deben propender al desarrollo armónico y
equitativo de sus territorios, tanto en aspectos de desarrollo económico, como social y cultural;
ejerciendo sus funciones inspirándose en los principios de equidad, eficiencia y eficacia, así
como en la efectiva participación de la comunidad regional.
5. Que corresponde a los gobiernos regionales proponer territorios como Zonas Rezagadas
en Materia Social, junto con su respectivo Plan de Desarrollo, aplicando los criterios y demás
reglas establecidas en la política nacional sobre la materia, de conformidad con la letra i) de
artículo 17 de la ley Nº 19.175, orgánica constitucional de Gobierno y Administración Regional,
cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con
fuerza de ley Nº 1-19.175, del año 2005, del entonces Ministerio del Interior. Dicha disposición

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