Decreto número 80, de 2020.- Crea Comité Consultivo para el Proceso de Actualización de la Política Nacional de Energía, correspondiente a la primera revisión quinquenal - 27 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852218750

Decreto número 80, de 2020.- Crea Comité Consultivo para el Proceso de Actualización de la Política Nacional de Energía, correspondiente a la primera revisión quinquenal

Fecha de publicación27 Octubre 2020
Número de registroCVE-1836392
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta42.790
CVE 1836392 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.790 | Martes 27 de Octubre de 2020 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 1836392
MINISTERIO DE ENERGÍA
CREA COMITÉ CONSULTIVO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE LA
POLÍTICA NACIONAL DE ENERGÍA, CORRESPONDIENTE A LA PRIMERA
REVISIÓN QUINQUENAL
Núm. 80.- Santiago, 10 de septiembre de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado, en su texto refundido, coordinado y sistematizado, fijado por el
decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que Crea el
Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley N° 19.880 que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en el decreto supremo N° 148, de 2015, del Ministerio de Energía,
que aprueba la Política Nacional de Energía, contenida en el documento denominado "Energía
2050: Política Energética de Chile"; en el Acuerdo N° 22, de 2019, del Consejo de Ministros
para la Sustentabilidad; en el oficio Gab. Pres. N° 798, de 23 de junio de 2020, de la Presidencia
de la República; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, corresponde al Ministerio de Energía, de acuerdo al artículo 4, letras a) y l), del
decreto ley N° 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, elaborar y coordinar los planes,
políticas y normas para el buen funcionamiento y desarrollo del sector energético y, además,
fomentar y facilitar la participación de las personas naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro,
en la formulación de políticas, planes y normas, en materias de competencia del Ministerio.
2. Que, mediante el decreto supremo N° 148, de 2015, del Ministerio de Energía, con la
concurrencia de los Ministros del Interior y Seguridad Pública; Economía, Fomento y Turismo;
Desarrollo Social (actual Ministerio de Desarrollo Social y Familia); Vivienda y
Urbanismo; Minería; Transportes y Telecomunicaciones; Bienes Nacionales y Medio Ambiente,
se aprobó la Política Nacional de Energía contenida en el documento denominado "Energía
2050: Política Energética de Chile", estableciéndose en su artículo tercero que "El Ministerio de
Energía, mediante decreto expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República",
creará un Comité Consultivo para asesorarlo en los procesos de actualización de la Política
Nacional de Energía". Agrega que dicho Comité será convocado cada 5 años, con el objeto de
realizar la revisión quinquenal de la Política Nacional de Energía.
3. Que, la "Ruta Energética 2018-2022: Liderando la modernización energética con sello
ciudadano", documento presentado por el Presidente de la República en mayo de 2018, en su
"Eje 1: Modernización energética, Acercando el Futuro" ratifica el compromiso de evaluar
paulatina y periódicamente las políticas y programas que implemente el Ministerio de Energía,
sometiéndose al correspondiente proceso de Evaluación Ambiental Estratégica.
4. Que, en sesión del 21 de noviembre de 2019, del Consejo de Ministros para la
Sustentabilidad, mediante Acuerdo N° 22 se propuso a S.E. el Presidente de la República
someter el proceso de actualización de la Política Energética a un procedimiento de Evaluación
Ambiental Estratégica (EAE).
5. Que, mediante oficio Gab. Pres. N° 798, de 23 de junio de 2020, de la Presidencia de la
República, se da a conocer la anuencia de S.E. el Presidente de la República, don Sebastián
Piñera Echenique para someter a EAE la actualización de la Política Energética (PEN) en Chile.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR