Decreto número 76, de 2021.- Extiende vigencia del decreto Nº 107, de 2020, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica - 22 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 865905543

Decreto número 76, de 2021.- Extiende vigencia del decreto Nº 107, de 2020, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica

Fecha de publicación22 Marzo 2021
Número de registroCVE-1914489
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.911
CVE 1914489 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.911 | Lunes 22 de Marzo de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1914489
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
EXTIENDE VIGENCIA DEL DECRETO SUPREMO Nº 107, DE 2020, DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE DECLARA COMO
ZONAS AFECTADAS POR CATÁSTROFE A LAS COMUNAS QUE INDICA
Núm. 76.- Santiago, 16 de marzo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; en el decreto
Nº 104, de 29 de enero de 1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido,
coordinado y sistematizado del Título I, de la ley Nº 16.282, sobre disposiciones permanentes
para casos de sismos o catástrofes y sus modificaciones; en el decreto con fuerza de ley Nº
1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector
Público correspondiente al año 2021; en el decreto con fuerza de ley Nº 725, de 1967, Código
Sanitario; en el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el
período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud
Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y
sus modificaciones; en las resoluciones exentas de 2020 y 2021, del Ministerio de Salud, que
disponen medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19; el decreto supremo Nº 104, de
2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara Estado de Excepción
Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, y sus
modificaciones; en los decretos supremos Nºs 269, 400 y 646, de 2020, y Nº 72, de 2021, todos
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorrogan la declaración de estado de
excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, por el
lapso que indican; el decreto Nº 1.115, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Publica,
que establece abreviaturas para identificar las regiones del país y sistematiza codificación única
para las regiones, provincias y comunas del país, dejando sin efecto el decreto Nº 1.439, del año
2000, del Ministerio del Interior, y sus modificaciones; el decreto supremo Nº 74, de 2021, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Designa Subrogante que Indica para el Cargo de
Ministro del Interior y Seguridad Pública; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1. Que, como es de público conocimiento, a partir del mes de diciembre de 2019 hasta la
fecha, se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome
respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que provoca la enfermedad del coronavirus 2019 o
Covid-19.
2. Que, con fecha 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de
la Salud, en adelante OMS, declaró que el brote de Covid-19 constituye una Emergencia de
Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), de conformidad a lo dispuesto en el artículo

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