Decreto número 73, de 2020.- Fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la atención del sector denominado Alto Volcanes, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, de la empresa Aguas Santiago Norte S.A. - 25 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878554062

Decreto número 73, de 2020.- Fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la atención del sector denominado Alto Volcanes, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, de la empresa Aguas Santiago Norte S.A.

Número de registroCVE-2045905
Fecha de publicación25 Noviembre 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta43.112
CVE 2045905 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.112 | Jueves 25 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 10
Normas Generales
CVE 2045905
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE
AGUAS SERVIDAS PARA LA ATENCIÓN DEL SECTOR DENOMINADO "ALTO
VOLCANES", COMUNA DE PUERTO MONTT, REGIÓN DE LOS LAGOS, DE LA
EMPRESA AGUAS SANTIAGO NORTE S.A.
Núm. 73.- Santiago, 21 de diciembre de 2020.
Vistos:
1.- Los artículos 15º y 16º del DFL Nº 382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas “Ley
General de Servicios Sanitarios”, en adelante e indistintamente “DFL MOP Nº 382/88”;
2.- El DFL Nº 70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios
Sanitarios, en adelante e indistintamente, “DFL MOP Nº 70/88”;
3.- El decreto supremo Nº 453 del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios
Sanitarios, en adelante e indistintamente, el “Reglamento”;
4.- La Ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en
adelante e indistintamente, la “Superintendencia” o “SISS”);
5.- El artículo 100º del decreto supremo Nº 1.199 de 2004, del Ministerio de Obras
Públicas, en adelante e indistintamente, “DS MOP Nº 1.199/04”;
6. El decreto supremo Nº 68, de fecha 12 de junio 2020, del Ministerio de Obras Públicas,
mediante el cual se otorgó a la empresa Aguas Santiago Norte S.A. las concesiones de
producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas para
la atención del sector denominado “Alto Volcanes”, comuna de Puerto Montt, Región de Los
Lagos;
7.- El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus
fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;
8.- El Ord. de la SISS Nº 262 de 23.01.20 y la carta de la empresa Aguas Santiago Norte
S.A. GG Nº19 de 28.01.20;
9.- Estos antecedentes.
Considerando:
1.- Que, los prestadores de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado de aguas
servidas están sujetos a la fijación tarifaria establecida por el DFL MOP Nº 70/88 y su
Reglamento;
2.- Que, mediante decreto supremo Nº 68 de fecha 12 de junio de 2020, el Ministerio de
Obras Públicas otorgó las concesiones sanitarias de producción y distribución de agua potable y
de recolección y disposición de aguas servidas a la empresa Aguas Santiago Norte S.A., para la
atención del sector denominado “Alto Volcanes”, de la comuna de Puerto Montt, Región de Los
Lagos;
3.- Que, la determinación tarifaria efectuada por la SISS e informada al Ministerio de
Economía Fomento y Turismo no tuvo observaciones por parte de esta Secretaría de Estado,
según lo señaló en su Ordinario Nº 11189, de fecha 30 de diciembre 2019;

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