Decreto número 6, de 2023.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el sitio de memoria excentro clandestino de detención y tortura Nido 18 - 20 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 926488903

Decreto número 6, de 2023.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el sitio de memoria excentro clandestino de detención y tortura Nido 18

Fecha de publicación20 Marzo 2023
Número de registroCVE-2287174
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta43.506
CVE 2287174 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.506 | Lunes 20 de Marzo de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2287174
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría del Patrimonio Cultural
DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO
HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA EXCENTRO CLANDESTINO DE
DETENCIÓN Y TORTURA NIDO 18
Núm. 6.- Santiago, 26 de enero de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo
texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley
N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3° N° 25 de la ley N° 21.045, que Crea
el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; la ley N° 17.288 que legisla sobre
Monumentos Nacionales, modifica las leyes N° 16.617 y N° 16.719, deroga el decreto ley N°
651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N° 11, de 2018, que modifica el decreto
supremo N° 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la
República; en el acta de sesión ordinaria de fecha 11 de mayo de 2022 del Consejo de
Monumentos Nacionales; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria.
Considerando:
1. Que, mediante carta de fecha 20.10.2017, la Sra. María Inés Salgado Sepúlveda,
Presidenta de la Corporación Derechos Iguales solicitó la protección del Sitio de Memoria, a
través de su declaratoria como Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico.
2. Que, el inmueble se ubica en Av. Perú N° 9053, comuna de La Florida; es de propiedad
fiscal y se encuentra entregado en comodato a la Corporación Derechos Iguales por resolución
exenta N° 11.087 del 31.12.2015. El uso original del inmueble era habitacional y posteriormente
fue utilizado como centro clandestino de detención, tortura y desaparición forzada por el
Comando Conjunto. En la actualidad está destinado a programas para niños, niñas y adolescentes
que viven vulneraciones a sus derechos.
3. Que, el inmueble se emplaza en la Zona U - Vev 3 del PRC de la comuna de La Florida,
correspondiente a un sector cuyo uso de suelo está definido como de vivienda y equipamiento
vecinal. El recinto tiene una superficie de 1.000 m2 e incluye una casa prefabricada de
construcción reciente, 4 habitaciones, un patio y un garaje moderno.
4. Que, en el año 1972 el inmueble era utilizado como casa del Sr. Humberto Sotomayor,
militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), hasta su allanamiento en
noviembre de 1974 y ocupación por el Estado por decreto exento N° 77. En 1975 fue donado por
el Sr. Gabriel Criado Lillo al Fondo de Solidaridad Nacional por decreto ley N° 1.080, y en 1978
fue inscrito a favor del Fisco, constando en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes
Raíces de Santiago.
5. Que, el llamado Comando Conjunto fue una agrupación de inteligencia que operó
aproximadamente entre fines de 1975 y el término de 1976, y cuyo objetivo principal fue la
represión al Partido Comunista. Durante este periodo se ha comprobado que fue responsable de
la desaparición forzada de cerca de 30 personas. Contó con predominio de agentes de la
Dirección de Inteligencia de Fuerza Aérea y también con la participación de la Dirección de

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