Decreto número 58, de 2022.- Modifica decreto N° 26, de 2000 - 4 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917165441

Decreto número 58, de 2022.- Modifica decreto N° 26, de 2000

Número de registroCVE-2246461
Fecha de publicación04 Enero 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.442
CVE 2246461 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.442 | Miércoles 4 de Enero de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2246461
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Transportes
MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 26, DE 2000, DEL MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 58.- Santiago, 6 de abril de 2022.
Vistos:
decreto con fuerza de ley N° 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determina
organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el decreto con fuerza de ley
N° 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas sobre atribuciones del Ministerio
de Economía en materia de transportes y reestructuración de la Subsecretaría de Transportes; en
la Ley N° 18.059, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de
organismo rector nacional de tránsito y le señala atribuciones; en el decreto ley N° 557, de 1974,
del Ministerio del Interior, que crea el Ministerio de Transportes; en la Ley Orgánica
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1-19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la resolución exenta N° 3.686, de 2017, que
aprueba la Política Nacional de Seguridad de Tránsito 2017; en la resolución exenta N° 1.116, de
2021, que aprueba Estrategia Nacional de Seguridad de Tránsito 2021-2030; en el decreto
supremo N° 26, de 2000, que establece elementos de seguridad aplicables a vehículos
motorizados; en la resolución N° 48, de 2000, que dicta normas sobre elementos de seguridad de
los vehículos livianos de pasajeros y comerciales, todas normas del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones; en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República,
que Fija Normas sobre Exención de Trámite de Toma de Razón; y demás normativa que resulte
aplicable.
Considerando:
1. Que, conforme a los datos entregados por la Comisión Nacional de Seguridad de
Tránsito, en adelante e indistintamente la Conaset, en Chile, cada año fallecen aproximadamente
1.600 personas y cerca de 7.500 sufren lesiones graves como consecuencia de siniestros de
tránsito, siendo éstos una de las primeras causas de muerte externa en niños de 1 a 14 años y en
jóvenes hasta 29 años. A pesar de los avances conseguidos hasta la fecha, la cantidad de
fallecidos y lesionados de gravedad en Chile a causa de los siniestros de tránsito no ha mostrado
una reducción significativa a lo largo de las últimas décadas. Particularmente, en el período
2011-2020, exceptuando este último por las particularidades de los efectos provocados por la
pandemia por Covid-19, se observa un aumento de los siniestros de tránsito, con una
estabilización en los últimos 4 años. Por su parte, en dicho período, la cantidad de lesionados se
ha mantenido relativamente constante, salvo el año 2020, mientras que la cantidad de fallecidos
ha fluctuado, anualmente, entre 1.483 a 1.675.
2. Que, con el objetivo de lograr que Chile sea "un país sin fallecidos ni lesionados graves
en el tránsito", Conaset, a través de su Política Nacional de Seguridad de Tránsito de 2017 y su
Estrategia Nacional de Seguridad de Tránsito 2021-2030, ambas citadas en los Vistos, orienta sus
esfuerzos en cinco ejes estratégicos que se ajustan a los lineamientos dispuestos por la
Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la Década de Acción para la Seguridad Vial
(2011-2020), recientemente renovada por la Asamblea General de las Naciones Unidas,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR